Tramitar separación convencional

Es la primera etapa para conseguir tu divorcio rápido municipal. Para iniciarlo, deben haber transcurrido 2 años desde tu matrimonio civil.

Ten en cuenta que, al finalizar este proceso, aún no estarás divorciado, solo separado, por lo cual deberás tramitar tu divorcio ulterior, dos meses después. Una vez concluyas ambos procesos, dejarás de generar bienes a la sociedad de gananciales y podrás casarte nuevamente.

Requisitos

  • Declaración jurada del último domicilio conyugal, suscrita por ambos cónyuges.
  • Documento de identidad de los cónyuges (DNI, carnet de extranjería, pasaporte o PTP).
  • Copia certificada del acta de matrimonio, emitida como máximo hace 3 meses.
  • Declaración jurada de no haber contraído matrimonio civil en algún lugar del país o el extranjero con otra persona.
  • Si cualquiera de los cónyuges tuviera 70 años o más, adjuntar su certificado de salud mental tramitado ante médico psiquiatra, con máximo 1 mes de antigüedad.
  • Si tienen propiedades (bienes muebles e inmuebles), adjuntar el testimonio de la escritura pública de separación de patrimonios, o de la sustitución o liquidación del régimen patrimonial, inscrito en los Registros Públicos (Sunarp).

En caso de tener hijos menores:

  • Copia certificada del acta de nacimiento, con máximo 3 meses de antigüedad.
  • Copia certificada de la sentencia judicial firme o del acta de conciliación respecto de los regímenes de ejercicio de la patria potestad, alimentos, tenencia y visitas.

En caso de tener hijos mayores con incapacidad:

  • Copia certificada del acta de nacimiento, con máximo 3 meses de antigüedad.
  • Copia certificada de la sentencia judicial firme o del acta de conciliación respecto de los regímenes de ejercicio de la curatela, alimentos y visitas.
  • Copia certificada de la sentencia judicial firme que declara la interdicción del hijo mayor con incapacidad y que nombra a su curador, o la copia certificada de la sentencia judicial firme que designe los apoyos y salvaguardias del hijo mayor con incapacidad.

Si ambos no pueden hacer este trámite, deben presentar un poder por escritura pública con facultades específicas a un apoderado e indicar su documento de identidad.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 4 pasos:

1. Presenta tus documentos

Ingresa a la Plataforma de Operaciones Virtuales de la municipalidad y regístrate. Ambos cónyuges deben tener una cuenta. Luego, selecciona la opción Divorcio municipal - Separación convencional, completa la información solicitada para generar las declaraciones juradas y adjunta los documentos solicitados en requisitos. Estos deben ser legibles y nítidos, estar en formato PDF, JPG o PNG, y no exceder los 10 MB.

También puedes hacerlo de manera presencial, acercándote al Departamento de Divorcios del municipio, ubicado en Av. 6 de agosto 856, Jesús María, de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 4:30 p. m. Recibirás un número de expediente con el que puedes hacer seguimiento a tu trámite, llamando a los números (01)632 2048, (01)632 2049 o (01)632 2015.

2. Espera la respuesta

En un plazo máximo de 2 días hábiles, el personal del Departamento de Divorcios revisará tus documentos, los cuales pueden ser aprobados u observados.

Si los documentos fueron observados, deberás subsanarlos en la misma plataforma. Si son aprobados, el personal del municipio agendará la Audiencia Única de Ratificación dentro de los 5 días hábiles siguientes y les notificará por correo electrónico la fecha y hora de la cita, con la finalidad de verificar sus identidades y validar sus documentos (cotejo de las copias virtuales y los documentos originales).

3. Paga el trámite

Antes de asistir a la audiencia, tú o tu cónyuge deberá ingresar a la Plataforma de Operaciones Virtuales y realizar el pago vía online de S/ 247.30 por derecho de trámite.

Si presentaste tu solicitud de manera presencial, deberás hacerlo el día de la audiencia.

4. Acude a la audiencia única

En la fecha programada, tú y tu cónyuge deben acercarse al Departamento de Divorcios de la municipalidad con los documentos originales que presentaron en la plataforma. Allí firmarán el acta que les entregará el funcionario encargado. Después de ello, la municipalidad emitirá la resolución de separación convencional y se las entregará el mismo día.

Después de 2 meses, podrán iniciar el trámite de divorcio ulterior y concretar la disolución del matrimonio.

Si uno o ambos no se presentan a la audiencia por una razón justificada, serán convocados a una nueva en 15 días hábiles como máximo. Si ambos faltan a la segunda cita, termina el trámite y deberán iniciarlo nuevamente.

Para mayor información, puedes escribir al correo electrónico divorcios@munlima.gob.pe.