Contraer matrimonio civil

Si eres mayor de edad y deseas casarte por matrimonio civil con tu pareja, debes solicitarlo a la municipalidad de tu localidad. Ten en cuenta que debes contar con 2 testigos.

El matrimonio civil es la unión voluntaria de 2 personas ante la ley con el fin de hacer vida común. Ambos cónyuges tienen iguales derechos, deberes, consideraciones, responsabilidades y autoridad en el hogar.

Requisitos

  • Formato de solicitud (distribución gratuita o de libre reproducción).
  • Partida de nacimiento de cada uno de los contrayentes o dispensa judicial (vigencia tres meses luego de su expedición) – RENIEC.
  • Constancia Negativa de Inscripción Matrimonio - (Constancia de soltería) vigencia tres meses luego de su expedición) RENIEC.
  • Copia Simple de los DNI originales de los contrayentes.
  • Declaración jurada de los testigos de conocer a los contrayentes. (01 Testigos - No deben ser familiares de los contrayentes).
  • Copia simple de los DNI originales de los dos testigos.
  • Certificado Médico Prenupcial de ambos contrayentes y la constancia de consejería o charlas sobre enfermedades de transmisión sexual expedida en establecimientos de salud pública o clínicas municipales (vigencia 01 mes luego de su expedición).
  • Certificación de domicilio o declaración jurada o en su defecto DNI (donde se indique que viven en el distito de barranco) - sólo es necesario que un contrayente viva en Barranco.
  • Fichas de datos.
  • Informe estadístico de INEI.

Si eres divorciado o divorciada y quieres volver a casarte, agrega:

  • Partida de matrimonio actualizada con la anotación de la disolución del vínculo matrimonial anterior.
  • Exhibición de DNI donde figure el estado civil actualizado.
  • Declaración jurada de no administrar bienes de hijos menores, si corresponde, y de ser el caso el inventario de los bienes con intervención del Ministerio Público, que estés administrando y que pertenecen a tus hijos.
  • En el caso de la mujer, presentar un certificado negativo de embarazo si es que no han transcurrido 300 días de producido el divorcio, o una dispensa judicial, conforme al Art. 243° del Código Civil, con una antigüedad no mayor a 30 días.

Si eres viudo o viuda y quieres volver a casarte, agrega:

  • Partida de defunción del anterior cónyuge, expedida por Reniec.
  • Exhibición de DNI donde figure el estado civil actualizado.
  • En el caso de la mujer, podrá presentar su solicitud tras haber transcurrido más de 300 días desde el fallecimiento de su cónyuge, o puede presentar un certificado negativo de embarazo o una dispensa judicial, conforme al Art. 243° del Código Civil, con una antigüedad no mayor a 30 días calendario.

Si eres o ambos son extranjeros, agrega:

  • Partida de nacimiento o certificado de naturalización según corresponda, visado por el Cónsul peruano en el país de origen, legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado, con traducción oficial de ser el caso.
  • Copia simple de pasaporte o carnet de extranjería.
  • Si son divorciados, agrega la partida de matrimonio anterior con la disolución o sentencia del divorcio, con las visaciones y traducciones respectivas, o apostillado.

Si se trata de un matrimonio de poder, agrega:

  • Poder por escritura pública inscrito en los Registro Públicos. Si el poder fue otorgado en el extranjero debe estar visado por el Cónsul peruano del país donde lo dio el poderdante, debiendo legalizarlo en Relaciones Exteriores y con traducción oficial de ser el caso.
  • Exhibición de DNI del apoderado.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 6 pasos:

1. Dirígete a la municipalidad

Acércate a la mesa de partes de la municipalidad, ubicada en Av. San Martín s/n, Barranco, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m., y los sábados de 9:00 a. m. a 1:00 p. m, y manifiesta tu deseo de casarte.

Entrega los documentos indicados en requisitos para que el funcionario los revise y te entregue el edicto matrimonial. Si tus documentos tienen observaciones, el funcionario te orientará para que los subsanes.

2. Programa la fecha

Si todo está conforme, programa la fecha de la celebración y el lugar donde se llevará a cabo.

3. Paga el trámite

Ve a la caja y realiza el pago de S/ 135.00 por el derecho a trámite, y de S/ 17.00 por copias de documentos del expediente.
Además, ten en cuenta la siguiente escala según el lugar y hora de tu celebración:

  • Biblioteca municipal, de lunes a viernes de 9:00 a. m. a 5:00 p. m.: S/ 572.00
  • Biblioteca municipal, de lunes a viernes de 6:00 p. m. a 8:00 p. m.: S/ 835.00
  • Local dentro del distrito, de lunes a viernes de 9:00 a. m. a 5:00 p. m.: S/ 1,113.00
  • Local dentro del distrito, de lunes a viernes de 5:00 p. m. a 8:00 p. m.: S/ 1,070.00
  • Local dentro del distrito, los sábados de 11:00 a. m. a 9:00 p. m.: S/ 1,133.00
  • Celebración fuera del distrito, de lunes a viernes, de 11:00 a. m. a 8:00 p. m.: S/ 1,200.00
  • Local fuera del distrito, los sábados, de 11:00 a. m. a 9:00 p. m.: S/ 2,027.00
  • Celebración en zona turística del distrito (Parque de la Cruz, Parque Torres Paz o Mirador de Barranco, con derecho a colocar toldo), de lunes a viernes de 9:00 a. m. a 5:00 p. m. o sábados de 5:00 p. m. a 8:00 p. m.: S/ 2,146.00
  • Celebración en zona turística del distrito (Pérgola de la Plaza Municipal o Puente de los Suspiros), de lunes a viernes de 9:00 a. m. a 5:00 p. m.: S/ 2,981.00
  • Celebración en playa Los Yuyos o Las Sombrillas, con derecho a colocar toldo, de lunes a sábado de 9:00 a. m. a 6:00 p. m.: S/ 2,981.00

Guarda tu comprobante de pago para que sea incluido en tu expediente.

4. Publica el edicto matrimonial

Lleva el edicto matrimonial al periódico local de tu preferencia. Una vez publicado el texto, lleva la hoja del periódico a la municipalidad para que lo coloque en un mural de sus oficinas durante 8 días calendario.

Si tu pareja tiene su domicilio en otro distrito, debe tramitar el edicto, previo pago, en la municipalidad que le corresponde. Esta publicará el documento y lo devolverá firmado y sellado para que sea anexado al expediente matrimonial.

Si después de los 8 días no hay oposición o noticia de algún impedimento, la municipalidad declarará tu capacidad y la de tu pareja para casarse, y podrán contraer matrimonio en la fecha que establecieron.

5. Asiste a la ceremonia

En el día programado, asiste a la ceremonia. Los contrayentes y los testigos deben llevar su DNI.

6. Recoge tu acta de matrimonio

Al culminar la ceremonia el encargado les entregará un acta y en 30 días hábiles ya puedes solicitar tu partida de matrimonio directamente con Reniec.