Contraer matrimonio civil
Si eres mayor de edad y deseas casarte por matrimonio civil con tu pareja, debes solicitarlo a la municipalidad de tu localidad. Ten en cuenta que debes contar con 2 testigos.
El matrimonio civil es la unión voluntaria de 2 personas ante la ley con el fin de hacer vida común. Ambos cónyuges tienen iguales derechos, deberes, consideraciones, responsabilidades y autoridad en el hogar.
Requisitos
- Copia certificada de las partidas de nacimiento de los contrayentes, con antigüedad no mayor a 1 año.
- Copia de DNI vigente de los contrayentes.
- Declaración jurada simple de domicilio (si es el mismo del DNI). Si el domicilio de uno de los contrayentes difiere a la dirección de su DNI, presenta una constatación de domicilio notarial. En ambos casos, adjunta la copia del último recibo de servicios de agua o luz.
- Declaración jurada simple de estado civil.
- Constancia negativa de matrimonio de ambos, expedida por Reniec.
- Certificado médico prenupcial de los contrayentes. Puedes solicitarlo en hospitales, postas médicas o policlínicos.
- Copia de DNI de los 2 testigos. Deben ser mayores de edad y no ser familiares de los contrayentes.
- Si eres mayor de 70 años, agrega tu certificado de capacidad mental, expedido por el departamento de psiquiatría de cualquier hospital nacional.
De ser el caso, agrega los siguientes documentos: - Si eres viudo(a):
- Partida de defunción del cónyuge.
- Declaración jurada de hijos bajo tu patria potestad y de bienes bajo tu administración.
- Deberá haber transcurrido 300 días desde la disolución del vínculo matrimonial anterior, salvo presentación de certificado médico negativo de embarazo, expedido por el Ministerio de Salud u hospital nacional.
- Si eres divorciado(a):
- Partida de matrimonio con disolución del vínculo matrimonial.
- Declaración jurada de hijos bajo tu patria potestad y de bienes bajo tu administración.
- Deberá haber transcurrido 300 días desde la disolución del vínculo matrimonial anterior, salvo presentación de certificado médico negativo de embarazo, expedido por el Ministerio de Salud u hospital nacional.
- Si eres extranjero(a):
- La partida de nacimiento y el certificado de soltería deben ser visados por el consulado peruano en el país de origen. También pueden ser certificados en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Copia del carnet de extranjería o del pasaporte con el último sello de ingreso.
- Certificado consular de soltería apostillado o legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores (con traducción oficial si el idioma es diferente al castellano).
- En caso de ser divorciado o viudo, documento que acredite su estado, apostillado o legalizado por el Ministerio Relaciones Exteriores (con traducción oficial si el idioma es diferente al castellano).
- Declaración jurada de hijos bajo tu patria potestad y bienes adquiridos en el anterior matrimonio.
- Declaración jurada de domicilio.
- Si la residencia en Perú supera el año, debe adjuntar una declaración jurada de soltería con firma legalizada por el notario.
- Si es por matrimonio de poder:
- Poder consular peruano del lugar de origen, visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Perú e inscrito en Registros Públicos de Lima.
- DNI vigente del apoderado.
- Si es un matrimonio con parentesco entre sí, agrega:
- Dispensa judicial de parentesco de consanguinidad colateral de tercer grado.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 6 pasos:
1. Presenta tus documentos
Acércate al Área de matrimonio de la municipalidad, ubicada en Av. Defensores del Morro 2765, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 12:00 p. m. o de 2:00 p. m. a 4:00 p. m., y entrega los requisitos, que serán validados por un funcionario.
Si existe alguna observación, podrás presentar nuevamente tu documentación a partir del día hábil siguiente para que sea revisada. Cuando recibas el visto bueno, abrirán tu expediente matrimonial y recibirás tu edicto matrimonial.
Ten en cuenta que el trámite debes realizarlo con un tiempo mínimo de 30 días calendario antes de la fecha del matrimonio civil.
2. Publica tu edicto matrimonial
Lleva el edicto matrimonial al periódico de tu preferencia. Si uno de los pretendientes tiene su domicilio en otro distrito, deberán publicar 2 edictos: uno en el periódico y el otro en la municipalidad de su jurisdicción.
Transcurridos 8 días calendario de la publicación de los avisos y no hay oposición o noticia de ningún impedimento, se declarará la capacidad de los pretendientes.
3. Actualiza tu información
Lleva la hoja de la publicación del periódico al Área de matrimonio, dentro del horario de atención, para que sea adjuntada en tu expediente matrimonial.
4. Programa tu matrimonio y realiza el pago
En la misma oficina, programa la fecha de tu matrimonio. Recibirás una orden de pago, que puedes pagar en la caja de la municipalidad, ubicada en el mismo edificio. Ten en cuenta el siguiente tarifario:
- Para realizar la ceremonia de lunes a viernes:
- Salón de matrimonio (de 9:00 a. m. a 4:00 p. m.): S/ 160.00 .
- Salón de matrimonio (de 6:00 p. m. a 7:00 p. m.): S/ 240.00 .
- Dentro del distrito, en domicilio o local (de 9:00 a. m. a 4:00 p. m.): S/ 450.00 .
- Dentro del distrito, en domicilio o local (de 6:00 a. m. a 7:00 p. m.): S/ 500.00 .
- Fuera del distrito (Barranco o Surco, de 9:00 a. m. a 4:00 p. m.): S/ 600.00 .
- Para realizar la ceremonia los sábados:
- En el local municipal (de 9:00 a. m. a 1:00 p. m.): S/ 350.00 .
- Dentro del distrito, en domicilio o local (4:00 p. m. a 7:00 p. m.): S/ 800.00 .
- Fuera del distrito, en domicilio o local (Barranco o Surco, de 9:00 a. m. a 6:00 p. m.): S/ 900.00 .
- Fuera del distrito, en domicilio o local (Lurín o Pachacamac, de 9:00 a. m. a 6:00 p. m.): S/ 1,500.00 .
5. Asiste a la ceremonia
Acude al lugar el día y hora acordados, donde un funcionario dirigirá el matrimonio.
6. Recoge tu acta de matrimonio
En un plazo máximo de 30 días hábiles después de la ceremonia, puedes solicitar el acta de matrimonio en cualquier oficina del Reniec.