Contraer matrimonio civil
Si eres mayor de edad y deseas casarte por matrimonio civil con tu pareja, debes solicitarlo a la municipalidad de tu localidad. Ten en cuenta que debes contar con 2 testigos.
El matrimonio civil es la unión voluntaria de 2 personas ante la ley con el fin de hacer vida común. Ambos cónyuges tienen iguales derechos, deberes, consideraciones, responsabilidades y autoridad en el hogar.
Requisitos
- Solicitud para contraer matrimonio.
- Compromiso de cumplimiento del procedimiento y puntualidad.
- Declaración jurada de soltería, de domicilio y de no administrar bienes e hijos menores de edad bajo patria potestad.
- Acta o partida de nacimiento, tuya y la de tu pareja, en copia certificada por la Municipalidad de tu lugar de nacimiento o el Reniec, con menos de 90 días de antigüedad.
- Certificado médico prenupcial, otorgado por el Ministerio de Salud, expedido en fecha no anterior a treinta días.
- Copia simple de tu DNI y de tu pareja.
- Copia simple del DNI de dos testigos mayores de edad.
- En caso de personas mayores de 70 años se solicitará un certificado médico de salud mental. En el caso de Lima, estos exámenes se realizan en el Instituto Nacional de Salud Mental Honorio Delgado y el Hospital Víctor Larco Herrera.
- Si eres divorciado y quieres volver a casarte, agrega:
- Partida de Matrimonio con la anotación al margen de la disolución del vínculo matrimonial.
- Copia certificada de la declaración de disolución del vínculo matrimonial, ya sea sentencia judicial, parte notarial o resolución municipal.
- Si eres viudo y quieres volver a casarte, agrega:
- Certificado de Defunción del cónyuge fallecido de antigüedad menor a 3 meses.
- Partida de matrimonio de antigüedad menor a 3 meses.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 4 pasos:
1. Ingresa la documentación
Acércate a la mesa de partes de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, ubicada en avenida Cuba N° 749, de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. y entrega los documentos indicados en requisitos, al menos 15 días hábiles antes de la boda. La Municipalidad abrirá tu expediente matrimonial y te entregará el edicto para que lo publiques.
2. Publica tu edicto matrimonial
El edicto matrimonial se colocará en la oficina de la Municipalidad durante 8 días; además, deberás llevarlo al periódico o emisora radial de tu preferencia. Una vez publicado el texto, lleva una copia o un comprobante de difusión a la entidad edil de Jesús María.
Si uno de los pretendientes tiene su domicilio en otro distrito, debe tramitar el edicto, previo pago, en la municipalidad que le corresponde. Esta publicará el documento y lo devolverá firmado y sellado para que sea anexado al expediente matrimonial.
Si transcurren 8 días de la publicación de los avisos sin que haya oposición o noticia de ningún impedimento, se declarará tu capacidad y la de tu pareja para casarse y podrán contraer matrimonio dentro de los cuatro meses siguientes.
3. Realiza el pago
Acércate al local principal de la Municipalidad de Jesús María, ubicado en la avenida Mariátegui N° 850, de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. y realiza el pago por derecho de matrimonio de acuerdo a la siguiente escala:
- S/ 110.80 para realizar la ceremonia en el local municipal Salón Cuba, ubicado en la avenida Cuba N° 749 – 2do piso, de lunes a viernes, de 8:00 a. m. hasta las 4:30 p. m.
- S/ 432.00 para realizar la ceremonia en el local municipal Salón Cáceres, ubicado en la avenida avenida Francisco Mariátegui N° 850 – 2do piso, de lunes a viernes, de 8:00 a. m. hasta las 4:00 p. m.
4. Asiste a la ceremonia de la boda
Ve al local acordado donde celebrarás la boda con tu pareja en la fecha programada. Debido a la pandemia, solo pueden asistir los contrayentes y los testigos.