Contraer matrimonio civil

Si eres mayor de edad y deseas casarte por matrimonio civil con tu pareja, debes solicitarlo a la municipalidad de tu localidad. Ten en cuenta que debes contar con 2 testigos.

El matrimonio civil es la unión voluntaria de 2 personas ante la ley con el fin de hacer vida común. Ambos cónyuges tienen iguales derechos, deberes, consideraciones, responsabilidades y autoridad en el hogar.

Requisitos

· Solicitud dirigida al Señor Alcalde

· Partida de nacimiento actualizado de ambos contrayentes, debidamente certificadas por la municipalidad emisora.

· Certificado Médico pre - nupcial de ambos contrayentes: validez 30 días.

· Certificado Domiciliario de ambos. (Uno de los contrayentes deberá residir en el distrito de calzada, acreditado con su DNI).

· Certificado de Soltería de ambos actualizado

· Copias legalizadas ante el notario de Documentos de identidad (DNI) de ambos contrayentes (estado civil actualizado).

· Copia simple del documento de identidad de los dos testigos, el cual deben ser mayores de edad.

· Una vez presentada la solicitud matrimonial, se hará entrega del edicto para su publicación en un solo periódico, debiendo traer la hoja completa del periódico, el cual debe ser publicado con 8 días hábiles de anticipación a la fecha del matrimonio.

· Si son divorciados – acta de matrimonio con anotación de disolución del vínculo matrimonial (actualizado)

· El DNI debe indicar el estado civil como divorciado

· Si son viudos - copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido. (Actualizado)

· El DNI debe indicar el estado civil como viudo

NOTA: La presentación de los requisitos deben ser con 20 días antes de la celebración matrimonial.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 5 pasos:

1. Manifiesta tu deseo de casarte

Acércate a la mesa de partes de la Sub Gerencia de Registro Civil de la municipalidad, ubicada en Av. Alfonso Ugarte N.º 1010, de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 12:45 p. m. y de 2:00 p. m. a 4:00 p. m. entrega los documentos indicados en requisitos, al menos 15 días hábiles antes de la boda.

2. Publica tu edicto matrimonial

Una vez presentada tu solicitud matrimonial, recibirás el edicto para su publicación en un periódico local o nacional. Toma en cuenta que la publicación debe realizarse con 15 días calendario de anticipación a la fecha del matrimonio.

Una vez publicado el edicto, entrega una copia del diario o un recorte de la publicación a la municipalidad para que lo coloque en un mural de sus oficinas.

No olvides que, si tu pareja vive en un distrito perteneciente a otra municipalidad, también será necesario publicar el edicto en este lugar.

3. Realiza el pago

Ve a la caja de la municipalidad y paga en efectivo, según la siguiente escala:

  • S/ 88.80 si el matrimonio civil será en la municipalidad en horario laboral(de lunes a viernes de 10:00 a.m. a 12:00 p.m. - 2:00 p.m. a 4:30 p.m.)
  • S/ 100.10 si el matrimonio civil será en la municipalidad fuera del horario laboral(de lunes a viernes de 2:00 p.m. a 4:30 p.m.)
  • S/ 156.20 por matrimonio civil fuera de la municipalidad y fuera de la hora de trabajo( de lunes a viernes de 10:00 a.m. a 4:30 p.m. y sábados de 10:00 a.m. a 6:00 p.m.)
  • S/ 222.20 Matrimonio civil fuera del distrito en horario o fuera del horario( de lunes a viernes de 10:00 a.m. a 4:30 p.m. y sábados de 10:00 p.m. a 6:00 p.m.)
4. Asiste a tu ceremonia

Ser puntuales con el horario programado para la celebración del matrimonio.

5. Tener en cuenta

Primero, debes tener en cuenta que, para contraer matrimonio civil en Perú, la persona extranjera deberá de presentar documentos emitidos en su país de origen o en otros, dependiendo del caso. Si es divorciado o viudo, debe mostrar también documentación adicional relacionada con su estado civil.

Los requisitos y condiciones generales para el matrimonio civil con extranjeros son:

  • Solicitud: los novios deben declarar ante el alcalde municipal su voluntad de casarse, la que se inicia presentando la solicitud, Con esta solicitud y la presentación de los documentos se abre el expediente matrimonial.
  • Partidas de nacimiento: copias certificadas de las partidas de ambos contrayentes. En el caso del extranjero, tiene que ser debidamente apostillada o legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
  • Documentos de identidad: presentar original y copia del DNI del contrayente peruano. En caso del contrayente extranjero la municipalidad puede solicitar copia del Pasaporte, el Carné de Extranjería, entre otros.
  • Certificación de estado civil: la municipalidad puede solicitar al contrayente peruano una declaración jurada de estado civil o una Constancia Negativa de Matrimonio otorgada por el RENIEC o por una municipalidad. En el caso del contrayente extranjero se solicita el certificado de soltería de su país de origen (solteros), partida de matrimonio con anotación de divorcio (divorciados), partida de defunción del cónyuge anterior (viudos), debidamente apostillados o legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
  • Certificación de domicilio: al menos uno de los contrayentes debe vivir en el distrito donde se realizará la ceremonia. Para ello, algunas municipalidades verifican esto con la dirección del DNI, otras solicitan certificados domiciliarios, recibos de servicios básicos o una declaración jurada de los contrayentes.
  • Testigos: se deben presentar dos testigos que no sean familiares y conozcan a los contrayentes durante al menos 3 años, que declaren que no hay impedimento para el matrimonio. Presentar los DNI, original y copia, de los testigos.
  • Certificado médico y constancia de consejería: el certificado médico prenupcial de los novios y la constancia de consejería o charlas sobre enfermedades de transmisión sexual puede obtenerse en establecimientos de salud, centros de salud municipales, clínicas, entre otros, conforme lo indique la municipalidad.
  • Edicto: la municipalidad entregará un edicto matrimonial que deberá publicarse el número de días y por el medio que se indique. Este edicto puede publicarse en un diario local o nacional, en la misma municipalidad, entre otros. En el caso de hacerlo en un periódico es necesario presentar a la municipalidad la hoja completa después de publicado.
  • Pago por el derecho de ceremonia: el monto varía dependiendo de la municipalidad, así como del día, el horario y el lugar que elijan para realizar la ceremonia.