Solicitar rectificación de actas de nacimiento, matrimonio o defunción

Si un acta de nacimiento, matrimonio o defunción presenta algún tipo de error u omisión en los datos, puedes solicitar su rectificación en la municipalidad que la registró, o en el Reniec.

Estos datos pueden ser nombres, apellidos, fechas, etc. Ten presente que cualquiera puede rectificar el acta de otra persona, siempre que presente la documentación necesaria para contrastar la información a modificar.

Debes presentar una solicitud por cada acta a rectificar e indicar detalladamente el error y la corrección.

La entidad verificará que tu partida o acta figure en su sistema, para que luego el jefe de la oficina autorizada disponga, mediante una resolución registral, la corrección del dato mal registrado o la incorporación de un dato indebidamente omitido al momento del registro, con el objetivo de realizar la anotación textual o marginal de la rectificación administrativa, conforme al reglamento de la Ley orgánica de Reniec.

Requisitos

  • Acta a rectificar: nacimiento, matrimonio o defunción.
  • Documento que sustente el dato a corregir.
  • Copia de DNI.
  • Si un tercero realizará la solicitud: carta poder.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 6 pasos:

1. Dirígete a la municipalidad

Acércate a la Oficina de Registro Civil (primer piso de la municipalidad), ubicada en Av. Pedro Ruiz 579, Eten, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 1:00 p. m. y de 2:00 p. m. a 4:30 p. m.

2.Presenta los documentos

Identifícate con tu DNI y presenta los requisitos al funcionario para que sean verificados. Si la información es correcta, recibirás una orden de pago.

3. Paga tu trámite

En el mismo edificio, ve a la Oficina de Recaudación y cancela S/ 60.00 . Conserva tu recibo de pago.

4. Realiza la publicación

En un plazo de 3 días hábiles, regresa a la Oficina de Registro Civil con tu recibo de pago. Entrégalo al funcionario y recibirás un aviso de rectificación para que puedas coordinar su publicación en el periódico local del distrito.

5. Lleva una copia de la publicación

Una vez publicado el aviso, regresa a la municipalidad y entrega una copia o recorte del periódico al funcionario para que lo anexe a tu documentación.

Si luego de 8 días hábiles de la publicación nadie presenta un reclamo, se continúa con el trámite.

6. Obtén tu rectificación

En un plazo máximo de 5 días hábiles, recibirás una copia original de la resolución con la rectificación del acta de nacimiento, matrimonio o defunción. Luego, puedes solicitar una copia certificada del acta.