Solicitar servidumbre convencional de predios de propiedad estatal
El derecho de servidumbre permite que un predio llamado ‘dominante’ disponga de otro predio denominado ‘sirviente’ para mejorar su uso o cubrir sus necesidades.
Si eres una entidad, persona natural o jurídica, que requiere obtener la servidumbre convencional de un predio del Estado, puedes solicitarla a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), según el artículo 182 reglamento de la Ley N° 29151.
Toma en cuenta que también puedes solicitar este derecho ante el propietario del predio cuando la partida registral tiene como titular a una entidad estatal o a los Gobiernos Regionales (GORE) con transferencia de funciones si el predio está bajo su jurisdicción.
Condiciones:
- El plazo de esta solicitud a favor de entidades públicas puede ser por un tiempo indeterminado, mientras que la servidumbre a favor de privados es por un plazo de 10 años renovables.
- Este beneficio para entidades públicas es gratuito, mientras que para particulares es a título oneroso tomando como referencia el valor comercial del predio.
- Si tu solicitud cumple con los requisitos, la entidad te notificará (vía email o a la dirección que registraste) que deposites una garantía de respaldo del trámite por un monto no mayor a 2 UIT. La cifra exacta será determinada por la institución según el caso.
Requisitos
- Formato de solicitud de servidumbre convencional debidamente llenado y firmado, indicando la fecha y la entidad pública a la cual se dirige. Además, debe incluir:
- Nombre completo, domicilio y número de DNI o carnet de extranjería del solicitante. En caso seas extranjero, debes adjuntar la copia de tu documento de identidad.
- Expresión concreta del pedido indicando el área y ubicación del predio de servidumbre.
- Partida registral de predio de servidumbre en caso de no estar inscrito.
- Uso o finalidad al que se destinará el predio de servidumbre.
- Ubicación y número de la partida registral del predio dominante. Si no está inscrito, adjuntar un documento que acredite su propiedad.
- Si eres una persona natural o jurídica: declaración jurada indicando que no tienes impedimentos para adquirir derechos reales del Estado.
- Si eres de un gobierno local o regional: acuerdo del Consejo Municipal o Consejo Regional que apruebe la petición de servidumbre.
- Si el predio solicitado colinda con un río, laguna o lago: documento emitido por la Autoridad Nacional del Agua que defina la faja marginal del cuerpo de agua.
- Si el predio de servidumbre colinda con una zona de playa protegida: resolución emitida por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (Dicapi) que aprueba la Línea de más Alta Marea (LAM).
- Plano perimétrico del predio dominante en coordenadas UTM, en donde se visualice el polígono de la servidumbre solicitada, linderos, ángulos y medidas perimétricas, autorizado por un ingeniero o arquitecto colegiado.
- Copia certificada de la partida registral o del documento que acredite tu derecho sobre el predio dominante.
Además, si la solicitud está referida a un predio que no está inscrito en el registro de predios o que no cuenta con plano perimétrico, debes adjuntar lo siguiente:
- Plano perimétrico en formato digital CAD o GIS editable, indicando el georreferenciado a la red geodésica horizontal oficial en coordenadas UTM. Además, debe señalar la zona geográfica en el datum y estar autorizado por un ingeniero, arquitecto o geógrafo habilitado.
- Memoria descriptiva señalando el uso del predio de servidumbre, autorizada por un ingeniero o arquitecto habilitado.
- Certificado de búsqueda catastral expedido por la Sunarp, con una antigüedad no mayor a 3 meses, en caso de predios no inscritos.
Modalidad: Online
Antes de iniciar, debes saber:
Ingresa tus datos personales y adjunta tus documentos en formato PDF a la mesa de partes virtual de la SBN. Luego, recibirás el número de confirmación del trámite en tu correo electrónico o dirección que registraste en tu solicitud.
En un plazo de 30 días hábiles, recibirás la respuesta de la SBN según tu caso en específico.
Toma en cuenta que los documentos que ingresen después de las 4:30 p. m., serán considerados recibidos a partir del siguiente día hábil.
Si tienes alguna consulta adicional, puedes escribir al correo electrónico: consultafacil@sbn.gob.pe.
También puedes hacerlo presencialmente:
Modalidad: Presencial
Hazlo en 3 pasos:
1. Acércate a la SBN
Dirígete a la oficina de la SBN, ubicada en la calle Chinchón N° 890, San Isidro, Lima, de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 4:30 p. m.
2. Presenta tus documentos
Ve a la mesa de partes y presenta tus documentos impresos. El personal de la entidad te asignará un número de solicitud y sellará el cargo.
3. Espera el resultado
En un plazo de 30 días hábiles, recibirás una notificación con la respuesta según tu caso en específico a tu domicilio o email que registraste en tu solicitud.
Si tu pedido tiene observaciones y no estás de acuerdo con la respuesta obtenida, puedes apelar en mesa de partes de la SBN.