Estructura Orgánica Consejo del Notariado

Actualmente el Consejo del Notariado cuenta con dos unidades de dirección y cinco áreas técnicas.

Unidades de Dirección

1. Presidencia del Consejo del Notariado

La Presidencia del Consejo del Notariado la ejerce el Ministro de Justicia y Derechos Humanos o, su representante a tiempo completo, con arreglo a las disposiciones señaladas en el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado. De conformidad con el artículo 142-A, tiene como atribuciones:

  • Dirigir el equipo técnico y administrativo en las funciones y atribuciones asignadas al Consejo del Notariado.
  • Representar al Consejo del Notariado ante los órganos competentes y en los actos públicos correspondientes.
  • Proponer al Consejo del Notariado un plan de trabajo anual respecto a la vigilancia de la función notarial, con arreglo a esta ley y normas reglamentarias o conexas.
  • Convocar al Consejo para llevar a cabo las sesiones de trabajo según corresponda.
  • Proponer ante el Consejo del Notariado los temas de agenda para las sesiones de trabajo y las mejoras institucionales para el cumplimiento de sus atribuciones.
  • Planificar, dirigir y disponer la realización de supervisiones a nivel nacional a los colegios de notarios y a los oficios notariales.
  • Planificar, dirigir y disponer la realización de inspecciones opinadas e inopinadas a los oficios notariales y a los colegios de notarios, pudiendo designar a las personas o instituciones para tal efecto.
  • Proponer normas y directivas para el mejor desarrollo de las funciones y atribuciones de la función notarial y del Consejo del Notariado.

2. Secretaría Técnica

La Secretaría Técnica brinda apoyo y asesoramiento al Consejo del Notariado, asimismo supervisa las coordinaciones del Consejo del Notariado, con el fin de que de este órgano adscrito al MINJUSDH funcione eficientemente de manera jurídica y administrativa, tiene como atribuciones:

  • Dirigir y supervisar el buen funcionamiento de las coordinaciones del Consejo del Notariado, gestionado la ejecución de sus competencias de manera articulada.
  • Supervisar que se prepare la agenda y la citación a sesión de Consejo del Notariado por encargo de la Presidencia; asimismo, lleva y custodia el libro de actas de sesiones, siendo el encargado de levantar un acta en cada sesión.
  • Supervisar la correcta emisión de cédulas de notificación a las partes para las vistas de las causas en los procedimientos disciplinarios.
  • Recibir, clasificar, registrar, archivar, custodiar y, de ser el caso, remitir las resoluciones, acuerdos y documentación del Consejo del Notariado.
  • Devolver los expedientes administrativos a los Tribunales de Honor de los Colegios de Notarios, en los casos que corresponda.
  • Formular, a instancia del Presidente del Consejo del Notariado o del Pleno del Consejo, comunicados y requerimientos de información a los Colegios de Notarios sobre las materias de competencia del Consejo del Notariado.
  • Realizar el seguimiento del cumplimiento de los acuerdos del Consejo del Notariado.
  • Realizar estudios e investigaciones relacionados al Consejo del Notariado para el cumplimiento de su misión.
  • Asesorar a la Presidencia del Consejo del Notariado en la formulación e implementación de estrategias de comunicación a través de medios escritos, radiales, televisivos e informáticos, así como el control y manejo de redes sociales y la página web en coordinación con la Oficina General de Imagen y Comunicaciones del MINJUSDH.
  • Coordinar con la Oficina General de Imagen y Comunicaciones del MINJUSDH las notas de prensa y la difusión de las actividades que se efectúen en el Consejo del Notariado relacionadas con los concursos públicos, visitas de supervisión, capacitaciones efectuadas a los jueces de paz, entre otras.
  • Supervisar la atención de consultas por teléfono, vía internet o documento en físico de la ciudadanía y proporcionar orientación e informes acerca del Consejo del Notariado.
  • Trasladar a los Colegios de Notarios las peticiones de los entes públicos, cuando sean de su competencia.

Áreas Técnicas

1. Coordinación de Registro Nacional de Notarios y Juntas Directivas de los Colegios de Notarios

La Coordinación del Registro Nacional de Notarios y Juntas Directivas de los Colegios de Notarios se encarga de revisar y actualizar en forma permanente el Registro Nacional de Notarios y Juntas Directivas de los Colegios de Notarios en el ámbito nacional, así como registrar y monitorear las plazas notariales y lo relacionado con el movimiento de los/las notarios/as asignados/as a las referidas plazas notariales, como son los traslados y licencias. Se encarga, asimismo, de realizar los procedimientos de nombramiento y cancelaciones de títulos de notarios/as. Realiza coordinaciones con el órgano competente del Poder Judicial, respecto a información de los/las jueces/zas de paz con funciones notariales.

Entre sus funciones, se encuentra comprendido:

  • Administrar, actualizar y depurar de forma permanente el Registro Nacional de Notarios y Juntas Directivas de los Colegios de Notarios.
  • Coordinar con las oficinas competentes del Poder Judicial respecto a la información relativa al ejercicio de la función notarial de los/las jueces/zas de paz.
  • Elaborar, actualizar y asesorar al Consejo del Notariado respecto a la información relativa a las plazas notariales, licencias, traslados y ceses de notarios/as en los Distritos Notariales existentes.
  • Monitorear las convocatorias de plazas vacantes y confirmar que las mismas se encuentran aptas a ser convocadas.
  • Realizar el seguimiento del cumplimiento, por parte de los/las notarios/as, de las obligaciones establecidas en el Reglamento del Registro de Notarios.
  • Elaborar informes técnicos en el ámbito de su competencia.

2. Coordinación de Supervisión Notarial

La Coordinación de Supervisión Notarial del Consejo del Notariado dependiente jerárquicamente de la Secretaría Técnica, es dirigida por un Coordinador a cargo de un equipo de abogados. La misión del área es realizar visitas de inspección a los notarios cuyo ámbito de ejercicio de la función pública notarial se ejerce dentro de los veintidós distritos notariales del Perú. Las inspecciones se ejecutan para vigilar el correcto ejercicio de la función pública notarial, así como el idóneo desempeño de las Juntas Directivas y los Tribunales de Honor. Las visitas inspectivas son opinadas y excepcionalmente inopinadas, realizándose de manera presencial o virtual. Asimismo, el área de Supervisión funcionalmente está a cargo de dar trámite a las quejas o denuncias ciudadanas, sobre presuntas irregularidades en el ejercicio de la función pública notarial, las mismas que son derivadas a los Tribunales de Honores de los distintos Colegios de Notarios acorde con sus atribuciones, asimismo de conocer y resolver las denuncias y procedimientos disciplinarios en primera instancia.

¿Qué debe contener una queja o denuncia contra un notario?

  • Datos personales (nombre completo y número de su Documento Nacional de Identidad -DNI.)
  • Dirección domiciliaria.
  • Número telefónico y/o correo electrónico (precisar en el escrito si desea que las comunicaciones sean a través del citado correo electrónico).
  • Nombre del notario quejado o denunciado.
  • Descripción de los hechos de manera correlativa, en los que se sustenta la queja o denuncia
  • Medios probatorios que sustenta su queja o denuncia.
  • Suscripción o huella dactilar.

(No se requiere firma de abogado).

3. Coordinación de Tribunal de Apelaciones

La Coordinación de Tribunal de Apelaciones del Consejo del Notariado es la autoridad que tiene como atribución resolver en última instancia administrativa, las decisiones de la Junta Directiva de los colegios de notarios relativos a la supervisión de la función notarial; así como las decisiones del Tribunal de Honor de los colegios de notarios relativos a asuntos disciplinarios. Cabe precisar que en el caso de procedimientos disciplinarios el Tribunal de Apelaciones se avocará al conocimiento del procedimiento a través de los recursos de apelación o a través de la revisión del procedimiento cuando la apertura del mismo haya sido de oficio. Es importante señalar que el Tribunal de Apelaciones está conformado por los miembros del Consejo del Notariado.

¿Dónde se tramita la queja?

La apertura de procedimiento disciplinario corresponde al Tribunal de Honor del Colegio de Notarios correspondiente mediante resolución de oficio, bien por propia iniciativa, a solicitud de la junta directiva, del Consejo del Notariado, o por denuncia.

¿Cuál es el plazo que tiene el Tribunal de Apelaciones del Consejo del Notariado para resolver?

El plazo que tiene el Tribunal de Apelaciones para resolver un procedimiento es de 180 días hábiles, el mismo que se computa desde que el expediente es ingresado por mesa de partes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Previamente a resolver el procedimiento disciplinario al que se avocó el Tribunal de Apelaciones, se programa audiencia de vista, con la finalidad de obtener mayores elementos de juicio; siendo pertinente precisar, que aquellos procedimientos que merezcan solo pronunciamientos estrictamente de procedimiento, no serán objeto de vista de la causa.

¿Cuál es el sentido o pronunciamiento del Tribunal de Apelaciones del Consejo del Notariado?

El Tribunal de Apelaciones del Consejo del Notariado podrá confirmar, revocar o declarar la nulidad, parcial o total, de la resolución apelada, elevada en revisión o en los casos de queja por denegatoria de apelación. Estos pronunciamientos son comunicados a las partes a través de resoluciones administrativas.

¿Es factible impugnar las resoluciones emitidas por el Tribunal de Apelaciones del Consejo del Notariado?

Si, es factible impugnar las resoluciones emitidas por el Tribunal de Apelaciones ante el Poder Judicial a través del Proceso Contencioso Administrativo.

4. Coordinación de Concursos Públicos

La Coordinación de Concursos Públicos se encarga del monitoreo y vigilancia de la conducción de los concursos públicos a plazas notariales. Realiza seguimiento de las convocatorias de las plazas notariales vacantes, a fin de ejercer la atribución otorgada por el tercer párrafo del artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1049. Asimismo, propone y ejecuta el plan de trabajo para realizar el concurso público de méritos para el ingreso a la función notarial en caso no sea debidamente convocado por el Colegio de Notarios respectivo, de acuerdo a la norma acotada.

Realiza coordinaciones y supervisiones necesarias para el buen funcionamiento de los concursos públicos de méritos para el ingreso a la función notarial, desde el inicio del proceso hasta su culminación, cuando son convocados directamente por el Consejo de los Notariado; así mismo, coordina con la Coordinación de Registro Nacional de Notarios y Juntas Directivas de los Colegios de Notarios y prestar asesoramiento a los Jurados Calificadores en todo lo que corresponda.

5. Coordinación de Normativa y Relaciones Interinstitucionales

La Coordinación de Normativa y Relaciones Interinstitucionales propone, revisa y elabora normas para el mejor desarrollo de la función notarial y optimización del funcionamiento del Consejo del Notariado. Articula acciones con los órganos del MINJUSDH, entidades del sector público e instituciones privadas en el ámbito relativo a la función pública notarial.

Entre sus funciones, se encuentra comprendido:

  • Proponer, revisar y elaborar directivas, lineamientos, protocolos, guías, instructivos y otros para optimizar la función notarial y el funcionamiento del Consejo del Notariado.
  • Recomendar los cambios normativos necesarios a nivel legal o reglamentario que permita desarrollar con eficiencia la actividad notarial.
  • Realizar las coordinaciones con las instituciones relacionadas al desarrollo de las funciones del Consejo del Notariado y de los Colegios de Notarios.
  • Realizar las coordinaciones para la suscripción de convenios de apoyo interinstitucional relacionados con las funciones del Consejo del Notariado, así como monitorear su ejecución.

6. Coordinación Administrativa

La Coordinación Administrativa está encargada de prestar apoyo a las coordinaciones del Consejo del Notariado, siendo el enlace con las oficinas administrativas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Especializada en materia administrativa, coadyuva al cumplimiento de los objetivos institucionales trazados.

Entre sus funciones tiene el manejo y análisis presupuestal, elaboración del Plan Operativo Institucional, elaboración de Cuadro de Necesidades, elaborar pedidos de bienes y servicios, control de inventarios, administración de personal, procesos operativos; entre otros, todo ello en cumplimiento de los objetivos y metas trazadas y aprobadas por la Presidencia y Secretaria Técnica del Consejo del Notariado.