Reglamento de la Ley de Gobierno Digital

El Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Gobierno Digital busca impulsar la incorporación de las tecnologías digitales en los servicios ofrecidos por las entidades públicas en favor de la reactivación económica del país.

La norma promueve la articulación de las tecnologías digitales, la identidad digital, los servicios digitales, la gobernanza de datos, la interoperabilidad, la seguridad digital y la arquitectura digital con el fin de mejorar la prestación de servicios centrados en la ciudadanía, la gestión interna de las entidades públicas y la relación entre estas.

Ejes del Gobierno Digital

Identidad digital

La identidad digital es un conjunto de atributos que individualiza y permite identificar a una persona en entornos digitales.

La norma regula la Plataforma Nacional de Identificación y Autenticación de la Identidad Digital (ID Gob.pe) que permitirá prestar el servicio de autentificación en línea de una persona natural para los proveedores de servicios públicos digitales.

Servicios digitales

Son servicios provistos de manera total o parcial a través de internet, de manera no presencial y que usan las tecnologías digitales. La norma establece sus principios, tipos y el ciclo de vida de su implementación.Finalmente, se reglamenta la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para orientación del ciudadano - Gob.pe y sus funcionalidades como brindar orientación, acceso al catálogo de trámites, así como realizar reclamos y hacer seguimiento de estos, entre otras.

Procedimientos administrativos

La norma define las condiciones, los requisitos, el uso de tecnologías y medios digitales en estos procesos, dándole igual valor que un procedimiento realizado presencialmente. Asimismo, establece la Casilla Única Electrónica como el espacio digital donde el ciudadano recibe notificaciones y comunicaciones de entidades públicas. Finalmente, brinda las pautas de la gestión archivística digital.

Gobernanza de datos

Establece pautas para la gestión de los datos del Estado Peruano. El liderazgo y la estrategia, la valoración, cultura, responsabilidad y calidad de los datos son algunos de los principios de este apartado.Define la infraestructura nacional de datos y sus ámbitos como estadística, espacial o georreferenciada, privados o personales. Así, también oficializa la Plataforma Nacional de Datos Georreferenciados (Geoperú) y el Catálogo Nacional de Metadatos Espaciales.

Interoperabilidad

Es la capacidad de interactuar que tienen las entidades para alcanzar objetivos, recurriendo al intercambio de información, conocimientos, procesos y datos en sus respectivos sistemas de información. La norma brinda disposiciones sobre la interoperabilidad del Estado Peruano a nivel legal, organizacional, semántico y técnico; así como también establece sus principios.Se apoya en la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE), la Plataforma de Pagos Digitales del Estado Peruano (Págalo.pe), Plataforma Nacional de Identificación y Autenticación de la Identidad Digital (ID Gob.pe), Plataforma Casilla Única Electrónica del Estado Peruano (Casilla Única Perú), entre otras.

Seguridad digital

Es el estado de confianza en un entorno digital que resulta de la gestión y aplicación de medidas frente a riesgos que afectan su seguridad. La norma brinda disposiciones en el marco de la seguridad digital, y establece los principios y componentes del modelo de seguridad digital. Asimismo, instaura plazos de implementación del equipo de respuestas ante incidentes de seguridad digital.

Arquitectura digital

Es el conjunto de componentes, lineamientos y estándares que permiten alinear los sistemas de información, datos, seguridad e infraestructura tecnológica con la misión y objetivos estratégicos de la entidad. En este aspecto, dispone la creación de la Plataforma Nacional de Gobierno Digital y la Plataforma Nacional de Gobierno de Datos. Finalmente, define los roles de la Plataforma de Información de la Arquitectura Digital del Estado.