Solicitar pensión por viudez por el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo - SCTR

Si eres cónyuge o conviviente de un afiliado que ha fallecido como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, la cual es contraída por la exposición a factores de riesgo que resulten de la actividad laboral; puedes solicitar una pensión de sobrevivencia por viudez a la ONP.

También obtienen este beneficio el cónyuge o conviviente de un (a) pensionista fallecido que contaba con el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo - SCTR (Ley Nº 26790).

Esta pensión se calcula sobre la base de las 12 últimas remuneraciones mensuales anteriores a la fecha del accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Si la o el cónyuge o conviviente no tiene hijos, recibirá una pensión vitalicia equivalente al 42 % de la remuneración de la asegurada o asegurado. Si tuviera uno o más hijos, obtendría una pensión vitalicia igual al 35 % de esa remuneración.

Si la persona afiliada realizaba labores de riesgo, pero no fue asegurado por su empleador, la cobertura supletoria brinda una pensión de viudez cuando fallece a causa de un accidente de trabajo o enfermedad profesional.

El plazo para presentar a beneficiarios para pensiones de sobrevivencia es de 120 días calendario, que se cuentan a partir de la fecha de fallecimiento o declaración judicial de muerte presunta del asegurado o asegurada.

Si se presentan después de ese plazo, el cónyuge o conviviente no perderán su derecho a pensión de sobrevivencia, pero esta solo les corresponderá desde la fecha en que presenten su solicitud de pensión.

Requisitos

Si el fallecimiento se produce por un accidente de trabajo:

  • Atestado policial.
  • Protocolo y resultado de necropsia de ley.
  • Resultado de dosaje etílico y toxicológico.
  • Informe del accidente de trabajo, emitido por el departamento de seguridad de la empresa.
  • Aviso del siniestro.

Si el fallecimiento fue a causa de una enfermedad profesional:

  • Partida o acta de defunción de la asegurada o asegurada.
  • Certificado de defunción o protocolo de autopsia, que acredite que la muerte se produjo como consecuencia de la enfermedad profesional.

Si el fallecido(a) era pensionista, agrega:

  • Solicitud según formato, que incluye declaración jurada de autenticidad de documentos.
  • Certificado de defunción, solo si no está registrado en el RENIEC.
  • Partida de matrimonio original o copia legalizada con una vigencia no mayor a tres meses. En caso de ser conviviente, resolución de declaración judicial de unión de hecho consentida.
  • Declaración jurada de la entidad empleadora y de anteriores empleadores, de ser el caso, que acredite las remuneraciones recibidas por la asegurada o el asegurado durante los 12 meses anteriores al siniestro. (Solo si el fallecido no era pensionista)

En caso de solicitar la Cobertura Supletoria (es decir, la pensión que solicita la familia de un trabajador fallecido que no está asegurado al SCTR), agrega:

  • Copia simple de la planilla del empleador, donde figure el nombre del trabajador(a), correspondiente al mes del accidente o enfermedad profesional.
  • Copia simple del certificado de trabajo, que indique fecha de inicio y de cese del vínculo laboral, emitido por el empleador para quien laboraba la persona fallecida al ocurrir el accidente.
  • Declaración jurada de la entidad empleadora, que indique las 12 últimas remuneraciones anteriores al siniestro recibidas por el trabajador(a), o copia de las boletas de pago emitidas por la entidad empleadora, que acrediten las 12 últimas remuneraciones anteriores al siniestro.

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Solicita una cita virtual desde la página oficial de la ONP e ingresa tus datos en el formulario “otras solicitudes”.

En los próximos días, un asesor te contactará por teléfono o correo electrónico para orientarte sobre tu solicitud. Si correspondes a este beneficio, debes enviar tus documentos a través de un email que se te indicará durante el contacto.

En un plazo máximo de 90 días calendario, se te informará el resultado mediante una resolución que llegará a tu correo o a tu domicilio.

Solicita tu cita virtual

Para cualquier consulta puedes comunicarte con ONP Te escucha al (01) 634 2222, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:30 p. m.