Solicitar calidad migratoria de residente para religioso

Si eres una persona extranjera que pertenece a una institución religiosa reconocida por el Estado peruano, puedes solicitar una visa de residencia para religioso que otorga la Superintendencia Nacional de Migraciones vía virtual.

Esta visa te permite desarrollar actividades de carácter religioso o pastoral en una organización o congregación inscrita o reconocida por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos o el Estado peruano.

Condiciones para solicitarla:

  • Encontrarte fuera del país para la obtención de la calidad migratoria.
  • Carecer de antecedentes policiales, penales y judiciales, en tu país de origen y en los que hubieras tenido permanencia o residencia antes de tu ingreso al territorio nacional.

Requisitos

  • Formulario
  • Indicar el número de recibo y fecha de pago por derecho de trámite.
  • Copia simple del pasaporte vigente.
  • Documento emitido por la autoridad competente que acredite la carencia de antecedentes judiciales o penales o policiales en el país de origen o en los que hubieras residido por el periodo de 5 años anteriores a tu arribo al Perú. Se encuentran exceptuados los menores de edad.
  • Solicitud de la entidad religiosa reconocida por el Estado peruano a la que viene a integrarse, suscrita por su representante legal; precisando nombres y apellidos del beneficiario y el tiempo que permanecerá en el país.
  • Declaración jurada del representante legal de la entidad religiosa consignando tus nombres y apellidos, así como el número de asiento y partida registral en el que constan las facultades de representación o documento emitido por autoridad competente que acredite que cuenta con dichas facultades.
  • En el caso que intervenga el apoderado, cuando se trata de persona mayor de edad, debe presentar los requisitos estipulados en el artículo 56-A del reglamento:
    • Carta poder simple o poder inscrito en registros públicos con vigencia de los últimos 30 días calendario o poder consular legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado.
    • Identificarse a través de su DNI si es peruano y en caso de extranjero con carné temporal migratorio, carnet de extranjería, carnet de permiso temporal de permanencia o carnet de identidad emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, vigentes. En este último caso adicionalmente debe adjuntar copia simple del documento. En el caso de extranjeros que ostenten una calidad migratoria en el Perú deben contar con la permanencia o residencia vigente y en tanto su calidad migratoria lo habilite.
  • En el caso de menores de edad, donde intervenga el apoderado, se deben presentar los requisitos estipulados en el artículo 56-C.
    • Partida de nacimiento original del menor de edad, legalizada por el Consulado Peruano y por el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada, siempre y cuando el acotado requisito no se haya presentado en algún procedimiento administrativo previo en la Entidad.
    • Declaración jurada de conformidad para que se realice cualquier trámite de solicitud, cambio o prórroga de calidad migratoria residente. Debe indicar los nombres y apellidos de ambos padres o uno de ellos y además del tutor, cuando corresponda; en el caso de peruanos, número de DNI y en el caso de extranjeros, documento de Identidad u otro análogo reconocido por el Estado peruano, el cual debe estar actualizado y vigente. Esta declaración debe estar suscrita por ambos padres, en caso que los dos hayan reconocido al menor y se encuentren vivos; o por uno solo de los padres, en este supuesto adicionalmente se debe presentar alguno de los siguientes documentos:
      • Copia autenticada por fedatario de la Superintendencia Nacional de Migraciones, del poder otorgado por el otro progenitor para actuar en su nombre y representación.
      • Copia autenticada de la sentencia judicial o resolución judicial o instrumento público análogo que le asigne solamente a este la patria potestad respecto del menor, atendiendo a la suspensión o extinción de la patria potestad dispuesta respecto del otro progenitor.
      • Copia autenticada por de la partida o certificado de defunción del otro progenitor en el caso que se encuentre registrada ante autoridad extranjera; si se encuentra inscrita en los registros civiles del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) se presenta copia simple de la partida de defunción.
      • En el caso de contar con tutor, se debe presentar copia certificada por autoridad jurisdiccional de la sentencia o resolución judicial que le otorga tal condición o instrumento público análogo.

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Selecciona el tipo de documento de identidad e ingresa tus datos. Luego, en el menú "Opciones" elige la sede más cercana a tu domicilio. Si no cuentas con foto y firma en el sistema, podrás descargar en tu celular la aplicación Enrolamiento Móviles Migraciones que te pedirá escanear el código QR de la plataforma para subir tu foto y firma. Paga S/ 105.60 , usando el código 07567 en cualquier agencia del Banco de la Nación (este pago debes cancelarlo con el número de documento de viaje que ingresaste a Perú).

Una vez confirmado el pago, adjunta en archivo PDF los documentos solicitados en requisitos. El plazo de atención es de 30 días hábiles.

Ingresa a la Agencia Digital Migratoria

Por último, podrás ver el formulario con todos tus datos actualizados, número de expediente, usuario y contraseña de acceso a tu Buzón Electrónico de Migraciones. En este buzón podrás revisar las observaciones, notificaciones y resultado de tu expediente. Si pierdes u olvidas tu usuario y contraseña, podrás recuperarlos en la opción de Buzón Electrónico a través de la Agencia Virtual.