Solicitar calidad migratoria de residente para inversionista

Si eres un extranjero y deseas establecer, desarrollar o administrar una o más inversiones lícitas en el marco de la legislación peruana, puedes solicitar una visa de residencia para inversionista que otorga la Superintendencia Nacional de Migraciones vía virtual.

Las condiciones específicas son:

  • Encontrarte fuera del país para la obtención de la calidad migratoria.
  • Carecer de antecedentes policiales, penales y judiciales, en tu país de origen y en los que hubieras tenido permanencia o residencia antes de tu ingreso al territorio nacional.

Requisitos

  • Formulario
  • Indicar el número de recibo y fecha de pago por derecho de trámite.
  • Copia simple del pasaporte vigente.
  • Documento emitido por la autoridad competente que acredite que no tienes antecedentes judiciales, penales y policiales en el país de origen o en los que hubieras residido por el periodo de 5 años, anteriores a su llegada al territorio nacional.
  • Copia del documento que acredite una inversión igual o superior al monto establecido en la normativa migratoria vigente; y, que se efectuó mediante transferencia internacional en un solo acto de desembolso a través de una entidad financiera o bancaria sujeta al ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros.

Para el caso de inversión en nuevas empresas:

  • Copia simple de la escritura pública de la constitución de la empresa o sociedad con una vigencia no mayor de 3 meses de constituida.

Para el caso que la inversión se materialice por aumento de capital en empresas ya constituidas:

  • Copia simple de la escritura pública de aumento de capital en la empresa o sociedad ya constituida con una vigencia no mayor de tres meses de suscrita la misma.
  • Copia de la constancia de presentación y pago de la última declaración jurada anual del impuesto a la renta de la empresa, que acredite el funcionamiento de la empresa en el ejercicio fiscal anterior a la presentación de la solicitud.
  • Indicar el número de la licencia de funcionamiento, así como el nombre del municipio que la expide.

Para contratar trabajadores extranjeros

  • El inversionista debe cumplir con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 689, Ley para la contratación de trabajadores extranjeros. En el caso que, intervenga por apoderado, debe presentar los requisitos estipulados en el artículo 56-A del presente Reglamento.
    • Para personas mayores de edad, el apoderado debe:
      • Presentar carta poder simple o poder inscrito en registros públicos con vigencia de los últimos 30 días calendario o poder consular legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado.
      • Identificarse a través de su DNI, en el caso de peruano y en caso de extranjero con carné temporal migratorio, carnet de extranjería, carnet de permiso temporal de permanencia o carnet de identidad emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, vigentes, en este último caso adicionalmente debe adjuntar copia simple del documento.
      • En el caso de extranjeros que ostenten una calidad migratoria en el Perú deben contar con la permanencia o residencia vigente y en tanto su calidad migratoria lo habilite.

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Selecciona el tipo de documento de identidad e ingresa tus datos. Luego, en el menú "Opciones", elige la sede más cercana a tu domicilio.

Si no cuentas con foto y firma en el sistema, podrás descargar en tu celular la aplicación Enrolamiento Móviles Migraciones que te pedirá escanear el código QR de la plataforma para subir tu foto y firma.

Paga S/ 105.60 usando el código 07567 en cualquier agencia del Banco de la Nación (deberás cancelarlo con el número de documento de viaje con el que ingresaste a Perú).

Una vez confirmado el pago, adjunta en archivo PDF los documentos solicitados en requisitos. Por último, podrás ver el formulario con todos tus datos actualizados, número de expediente, usuario y contraseña de acceso a tu Buzón Electrónico de Migraciones. En este buzón podrás revisar las observaciones, notificaciones y resultado de tu expediente. El plazo de atención es de 30 días hábiles.

Si pierdes u olvidas tu usuario y contraseña, podrás recuperarlo en la opción de Buzón Electrónico a través de la Agencia Virtual.

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