Solicitar pensión de orfandad por Transferencia Directa al Expescador (TDEP) - Ley N° 30003

En caso de fallecimiento del beneficiario titular de la prestación económica denominada Transferencia Directa al Expescador (TDEP), las hijas e hijos de los mismos que sean menores de 18 años, podrán acceder a una prestación mensual e individual equivalente al 20% del que la madre o el padre recibió en vida.

En los casos en que el asegurado haya dejado de 3 a más hijas o hijos, estos menores recibirán una prestación conjunta cuyo monto será equivalente al 50% de la TDEP.

Las hijas e hijos del causante beneficiario que cumplan los 18 años, continuarán percibiendo esta prestación económica únicamente si siguen estudios de nivel básico o superior de educación de manera satisfactoria e ininterrumpida.

Este beneficio por orfandad será de carácter vitalicio, cuando el hijo o hija tenga discapacidad permanente para el trabajo, situación que deberá ser acreditada cada dos años.

En caso de hijos adoptivos, pueden acceder a esta prestación económica siempre y cuando el proceso de adopción hubiese culminado 3 años antes del fallecimiento del beneficiario.

En el caso de la pensión de orfandad para menores de edad, el pago de este beneficio se realiza solo por el Banco de la Nación. Para realizar el cobro el padre, la madre o tutor requiere de una resolución judicial.

Requisitos

En caso de hijas e hijos menores de 18 años:

  • Solicitud según formato (otorgado por el personal ONP).

En caso de hijas e hijos mayores de 18 años con discapacidad:

  • Solicitud según formato, que incluye declaración jurada de autenticidad de documentos.
  • Copia simple del certificado médico emitido por una Comisión Médica Evaluadora de Discapacidad del Ministerio de Salud, de EsSalud o de una entidad prestadora de salud.

En caso de hijas e hijos mayores de 18 años que estudian:

  • Solicitud según formato, que incluye declaración jurada de autenticidad de documentos.
  • Copia simple certificado o constancia de estudios, matrícula, ingreso o reporte de notas del correspondiente centro de estudios.

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Selecciona la opción "Pensión de orfandad de causante pensionista". Ingresa tus datos en el formulario para pedir tu atención virtual. Un asesor te contactará para brindarte orientación sobre la presentación de tu solicitud, a través de una llamada o correo electrónico. De corresponder, enviarás tus documentos a través de un correo electrónico.

En un plazo máximo de 90 días calendario, se te informará el resultado mediante una resolución que llegará a tu correo o domicilio.

Solicita tu atención virtual

En caso tengas alguna duda, comunícate a nuestro servicio ONP Te escucha, llamando al (01) 634 2222 desde Lima u otros departamentos, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:30 p. m.

Importante

La TDEP es cancelada cuando:

  • Se comprueba cualquier acto de fraude o falsedad en la tramitación de prestación económica.
  • Se verifica que la o el beneficiaria/o percibe una remuneración o ingreso de una entidad pública, a excepción de alguna retribución económica por función docente.
  • Se advierte que la o el beneficiaria/o inicia una acción judicial o administrativa para obtener una prestación económica distinta de carácter pensionario.