Solicitar bonificación por cuidado permanente D.L. N° 19990

Si eres pensionista y presentas discapacidad para el trabajo a tal grado de necesitar a otra persona para realizar tus labores diarias, puedes acceder a una bonificación complementaria. Esta será igual a una Remuneración Mínima Vital (RMV).

Debes tener en cuenta que la pensión más la Bonificación por cuidado permanente no puede superar el monto de pensión máxima establecida.

Esto beneficia a las y los pensionistas de discapacidad, viudez u orfandad que presenten gran discapacidad del D.L. N° 19990.

Requisitos

  • DNI vigente. En el caso de ser extranjero, presenta copia simple y legible del carnet de extranjería o pasaporte del solicitante.
  • Si la solicitud es presentada por un tercero, es necesario un poder general o poder especial si además se le brindará el permiso de firmar Declaraciones Juradas.
  • En el caso el tercero vaya a firmar, debe mostrar el DNI vigente de la persona que presenta la solicitud, del apoderado y poderdante, según corresponda. En el caso de extranjeros, debe presentar copia simple legible del carnet de extranjería o pasaporte.
  • Certificado médico en donde se precise la gran discapacidad. El certificado debe ser expedido por una comisión médica de EPS, EsSalud o Minsa (solo para el caso de gran discapacidad).

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber que:

Llena el formulario con tus datos. Un asesor te contactará para brindarte mayor orientación a través de una llamada o correo electrónico. De necesitar mayor información, te indicarán qué documentos deberás enviar a través de un correo electrónico.

Se te informará el resultado mediante una resolución que llegará a tu correo o a tu domicilio.

Solicita tu bonificación

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