Integridad en el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE)

En el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), se promueve la gestión transparente e íntegra, por lo que se han implementado diferentes acciones para fortalecer la cultura de integridad y el comportamiento ético de los servidores. Asimismo, se han desarrollado herramientas y mecanismos para prevenir actos de corrupción.

La Unidad Funcional de Integridad Institucional (UFII) es la unidad encargada de apoyar en las acciones de la función de integridad, proporcionando asistencia en el desarrollo de medidas que ayuden a prevenir y combatir la corrupción. Asimismo, asesora a los funcionarios de la entidad en el ejercicio del control que les corresponde.

El Modelo de Integridad aplicado por el OSCE es el conjunto de orientaciones dirigidas a fortalecer la capacidad preventiva y defensiva de las entidades frente a la corrupción y a las diversas prácticas contrarias a la ética.

Desde la normativa vigente, este modelo se organiza, de manera sistémica, en 9 componentes sobre la base de conceptos y pautas específicas a nivel organizacional y funcional, que constituyen el estándar peruano de integridad y un marco de trabajo para implementar este enfoque en cada entidad.

Directorio de Integridad

Maria Kusy Aponte Sarango

Coordinadora de la Unidad Funcional de Integridad Institucional

Correo electrónico: maponte@osce.gob.pe

Conceptos generales

Integridad pública

Es la actuación coherente con valores, principios y normas, que promueven y protegen el desempeño ético de la función pública, de modo que los poderes y los recursos del Estado se dispongan hacia los fines que se destinaron. De esta manera, se garantiza que el servicio público a la ciudadanía esté orientado al interés general y a la generación de valor público.

Cultura de integridad pública

Son los saberes y las prácticas compartidas en una institución donde se actúa de manera consistente con los valores organizacionales, y en coherencia con el cumplimiento de los principios, los deberes y las normas destinadas a asegurar el interés general, luchar contra la corrupción y elevar permanentemente los estándares de la actuación pública.

Enfoque de integridad pública

Es un enfoque transversal de gestión destinado a evaluar y fortalecer el desempeño ético de los servidores y los funcionarios públicos, disminuyendo los riesgos que pudieran conducir o facilitar la comisión de prácticas corruptas o contrarias a la ética en una entidad. De este modo, se actúa con prevención, debida diligencia y de manera oportuna.

Modelo de integridad

Concepto de Modelo de Integridad

Es el conjunto de orientaciones dirigidas a fortalecer la capacidad preventiva y defensiva de las entidades frente a la corrupción y diversas prácticas contrarias a la ética.

Componentes del Modelo de Integridad

C1. Compromiso de Alta Dirección

Este componente busca asegurar las condiciones necesarias para el fortalecimiento de una cultura de integridad en las entidades públicas. Para ello, se persigue el fortalecimiento del órgano que ejerce la función de integridad y la incorporación del enfoque de integridad pública en los nuevos documentos de gestión y planeamiento.

C2. Gestión de riesgos

Este componente busca lograr el desarrollo de procesos de identificación, evaluación y mitigación de los espacios vulnerables que dan paso a la comisión de actos que afectan el cumplimiento de objetivos asociados con la promoción de la integridad y lucha contra la corrupción en la entidad pública.

C3. Políticas de integridad

Este componente busca establecer estándares de cumplimiento y responsabilidad para las entidades y los servidores públicos como parte de la estrategia nacional de integridad y lucha contra la corrupción.

C4. Transparencia, datos abiertos y rendición de cuentas

Este componente busca garantizar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS.

C5. Controles interno, externo y auditoría

Este componente busca asegurar la implementación del Sistema de Control Interno, según ejes y pasos a seguir, de acuerdo con la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG, aprobada por Resolución de Contraloría N° 146-2019-CG y modificatorias. Así también, se busca coadyuvar a que los órganos y unidades orgánicas auditadas sujetas a determinado servicio de control, actúen con diligencia; cautelando la atención completa y oportuna a las solicitudes de información y documentación que les sean requeridos.

C6. Comunicación y capacitación

Este componente busca fortalecer el desempeño ético de los servidores públicos a través de:

  • La implementación de mecanismos de inducción sobre integridad a los nuevos servidores.
  • La incorporación de actividades de desarrollo de capacidades sobre integridad en el Plan de Desarrollo de Personas.
  • El desarrollo de actividades de difusión sobre las acciones contenidas en las “Políticas de Integridad” dirigidas a las partes interesadas, entre otras medidas.

C7. Canal de denuncias

Este componente busca lograr el cumplimiento de lo establecido en el Decreto Legislativo N°1327 y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2017-JUS; para ello, se asegura la debida gestión y seguimiento de las denuncias de corrupción recibidas en la entidad, así como el otorgamiento de mecanismos de protección al denunciante.

C8. Supervisión y monitoreo del modelo de integridad

Este componente busca generar información útil para la toma de decisiones sobre el desarrollo del modelo de integridad a través del Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción, de manera obligatoria y permanente. Con ello se generan elementos de aprendizaje para fortalecer el estándar de integridad en las entidades públicas y se refuerza la capacidad preventiva de las entidades frente a la corrupción.

C9. Encargado del modelo de integridad

Este componente busca que el órgano que ejerce la función de integridad asuma el rol de articulación de los componentes que conforman el Modelo de Integridad. Acompaña y orienta a las distintas áreas en la adecuada y oportuna aplicación de las herramientas, mecanismos y disposiciones normativas del Estándar de Integridad.

Informes, reportes y evaluaciones de seguimiento de implementación del Modelo de Integridad

Informes sobre estadísticas de las solicitudes de acceso a la información del OSCE

Denuncias de actos de corrupción

En el marco de la lucha contra la corrupción, el OSCE ha implementado mecanismos para regular el trámite de denuncias por presuntos actos de corrupción, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1327, su reglamento y modificatorias.

Canales de consulta y orientación

Conflicto de Intereses

Es toda situación en la que los intereses privados del servidor civil colisionan con el interés público y el ejercicio de sus funciones. Esto, teniendo en cuenta que cualquier actuación suya debe estar dirigida a asegurar el interés público, y no a favorecer intereses personales o de terceros (artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 31227).

Declaraciones Juradas de Intereses (DJI)

La plataforma donde obran las DJI fue desarrollada por la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital en coordinación con la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), bajo el amparo del Decreto de Urgencia N° 020-2019 y su reglamento Decreto Supremo N° 091-202-PCM.Estas normas fueron derogadas con la entrada en vigencia de la Ley N° 31227.

Para consultar las DJI, se puede acceder a la plataforma de la Contraloría General de la República.

Sistema de Control Interno (SCI) en el OSCE

Es el conjunto de acciones, actividades, planes, políticas, normas, registros, organización, procedimientos y métodos, incluyendo las actitudes de las autoridades y el personal, organizadas e instituidas en cada entidad del Estado, que contribuyen al cumplimiento de los objetivos institucionales y promueven una gestión eficaz, eficiente, ética y transparente.

Objetivos de la implementación del Sistema de Control Interno

  • Cuidar y resguardar los recursos y bienes del Estado, contra todo hecho irregular o situación perjudicial que pudiera afectarlos.
  • Garantizar la confiabilidad y oportunidad de la información.
  • Promover que los funcionarios y servidores del Estado cumplan con rendir cuentas por los fondos y bienes públicos que administra.
  • Promover y optimizar la eficiencia, eficacia, ética, transparencia y economía de las operaciones de la entidad, así como la calidad de los servicios públicos que presta.
  • Cumplir con la normatividad aplicable a la entidad y sus operaciones.
  • Fomentar e impulsar la práctica de valores institucionales.

Documentos del eje Cultura Organizacional

Documentos del eje Gestión de Riesgos

Documentos del eje de Supervisión

Reportes de identificación de deficiencias del Sistema de Control Interno

Encargada de brindar asesoramiento, orientación, capacitación, seguimiento y coordinación para la implementación del Sistema de Control Interno

Maria Kusy Aponte Sarango

maponte@osce.gob.pe

Documento de sustento - Memorando Múltiple N° 034-2022-OSCE-SGE

Transparencia y acceso a la información pública

De acuerdo al Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, toda persona natural o jurídica tiene derecho a solicitar y recibir información pública de cualquier entidad de la administración pública, a través de la presentación de una solicitud.

¿Qué no es información pública?

Según los artículos 15, 16 y 17 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, está exceptuada la información clasificada como secreta, reservada o la información confidencial.

  • Información secreta: seguridad nacional, militar y de inteligencia, entre otros.
  • Información reservada: seguridad ciudadana, investigaciones policiales, entre otros.
  • Información confidencial: secreto bancario, industrial, tributario, tecnológico, entre otros.

Tampoco se puede solicitar aquella información que se tenga que crear o producir, así como la información que no está en poder de la entidad o no se tenga la obligación de contar al momento de efectuarse el pedido, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Este artículo también señala que la entidad no está obligada a realizar evaluaciones o análisis de la información que posea.

Canal de atención

Es posible solicitar acceso a la información a través de la Mesa de Partes Digital del OSCE.

Orientación

A fin de brindar una mejor orientación al ciudadano para la correcta presentación de las solicitudes de acceso a la información pública, el OSCE posee una página de orientación que permite formular solicitudes de información, en cumplimiento de las normas de transparencia y acceso a la información pública. Asimismo, contamos con la Guía para solicitar acceso a la información pública del OSCE, material didáctico para dicho fin.

Normas y documentos legales

Normativa sobre el Sistema de Control Interno (SCI)

Instrumentos de carácter institucional

Normativa sobre denuncias contra actos de corrupción

Normativa sobre integridad