Retornar al Sistema Nacional de Pensiones

Si antes aportabas al Sistema Nacional de Pensiones - SNP (D.L. N° 19990) y luego te trasladaste al Sistema Privado de Pensiones (SPP), tienes la opción de retornar al SNP si cumples con las condiciones legales establecidas por la Ley N° 28991:

  • Debes haber estado afiliado al SNP (D.L. N° 19990) hasta el 31 de diciembre de 1995.
  • A la fecha de tu incorporación al SPP, cumplías con alguna de las siguientes condiciones:
    • Tener al menos 65 años de edad y 20 años de aporte al SNP, para el régimen general de pensión de jubilación individual.
    • Tener al menos 65 años de edad, 10 años de aporte como mínimo y menos de 20 como máximo al SNP, para el régimen de pensión de jubilación proporcional especial.
    • Tener al menos 50 años de edad y 25 años de aporte al SNP, para el régimen de pensión de jubilación adelantada general.
    • Cumplías con otros requisitos para tener derecho a una pensión bajo cualquiera de los regímenes especiales de jubilación en el SNP, distintos a los señalados en las dos viñetas anteriores.

Además, toma en cuenta que si te desafilias de tu AFP y retornas al SNP, no recibirás automáticamente una jubilación en el SNP. Para eso, deberás s cumplir con los requisitos para obtener una pensión en el SNP.

Si deseas solicitar el retorno, debes saber:

  • El dinero que tengas en tu cuenta individual de capitalización en la AFP (cuenta personal) es transferido de manera irreversible al SNP (D.L. N° 19990) luego de producida la desafiliación.
  • En este proceso se puede generar una deuda que deberás pagar a la ONP, debido a que los aportes mensuales que se hacen a esta entidad son mayores que a la AFP.
  • En caso de que cuentes con un título de Bono de Reconocimiento (BdR) emitido, este será devuelto a la ONP.

Requisitos

  • Documento que acredite tus aportes (boletas de pago de remuneraciones, liquidación de beneficios sociales, certificados de trabajos, declaración jurada del empleador, ​informes de verificación de aportaciones emitidos por la ONP, declaración jurada del asegurado, documentos probatorios de aportaciones emitidos por el ex-IPSS o EsSalud u otros documentos que acrediten períodos de vínculo laboral con otros empleadores).
  • Documento que acredite la devolución de cualquier monto que hayas retirado de tu Cuenta Individual de Capitalización (CIC).

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Para retornar al Sistema Nacional de Pensiones, debes contactarte con tu AFP y presentar tu solicitud de Libre Desafiliación Informada. Ellas trasladarán tu pedido a la ONP.

La ONP tiene un plazo de 30 días hábiles para procesar la solicitud y enviar el resultado de tu solicitud a tu AFP.

Tu AFP, habiendo recibido el resultado de tu solicitud, tiene 5 días para comunicarse contigo y, a partir de ese momento, tienes hasta 90 días para confirmar que estés de acuerdo con retornar al SNP; de estarlo, la SBS emitirá la resolución de desafiliación en un plazo no mayor a 15 días. Luego, esta resolución es enviada a la AFP, y la AFP remite una copia física a la ONP y a la afiliada o al afiliado dentro del plazo de 5 días. En paralelo, el área de servicios de la AFP se contacta con la persona afiliada.

Si no estás de acuerdo, el trámite finaliza.

En caso tengas alguna duda, comunícate a nuestro servicio ONP Te escucha, llamando al (01) 634 2222 desde Lima u otros departamentos, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:30 p. m.