Registrar matrimonios de peruanos celebrados en el exterior

Si eres peruano y has celebrado tu matrimonio ante autoridades extranjeras competentes, puedes registrarlo en las oficinas consulares ubicadas en el país donde se llevó a cabo el matrimonio.

Este registro puede ser solicitado en cualquier momento por el cónyuge peruano o por un apoderado de este.

Este trámite no implica una nueva celebración de matrimonio, permite el reconocimiento de esta desde la fecha de celebración ante la autoridad extranjera.

Requisitos

  • Si ambos cónyuges son peruanos, deberán presentar sus DNI.
  • Si uno de los cónyuges es extranjero, deberá presentar el documento con el que las autoridades extranjeras del país donde se solicita el registro lo identifiquen; mientras que el cónyuge peruano deberá presentar su DNI.
  • Si el cónyuge peruano solicita el registro de forma individual deberá presentar su DNI.
  • Si el registro es solicitado por un apoderado, éste deberá presentar un poder otorgado ante notario o cónsul peruano por escritura pública o fuera de registro, donde el poderdante autorice el registro de su matrimonio.
  • Acta de matrimonio extranjera, donde se compruebe que uno o ambos cónyuges son ciudadanos peruanos.

Modalidad: Presencial