Preguntas frecuentes sobre su derecho previsional
A continuación, se detalla la información referente a Preguntas frecuentes sobre su derecho previsional en la Caja de Pensiones Militar Policial.
(Haga click sobre la pregunta que requiere consultar).
1. ¿Quienes somos?
Somos la entidad administradora del Régimen Previsional del Personal Militar y Policial. Creada mediante el Decreto Ley 21021, en Diciembre de 1974, como Persona Jurídica de Derecho Público Interno.
2. Regímenes previsionales que administramos
- Decreto Ley N° 19846
Aportantes a partir de enero o 1974, oficiales y suboficialess en las Fuerzas Armadas y a Policía Nacional del Perú.
- Decreto Legislativo N° 1133
Nuevos aportantes a partir de enero 2013, oficiales y suboficiales en las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.
3. ¿Cuáles son los beneficios para sus miembros?
- Decreto Ley N° 19846
- Compensación: Pasan a la situación de retiro pero NO alcanza el tiempo mínimo de servicio requerido para obtener una pensión.
- Pensión de retiro: Cuando el servidor acredita mínimo:
15 años para hombres
12.5 años para mujeres
- Decreto Legislativo N° 1133
- Pensión de retiro: Cuando el servidor acredita mínimo:
20 años para mujeres y hombres
Con las excepciones contempladas en la ley.
4. Tipos de pensión
Para el servidor
- Pensión de Retiro
- Pensión de Disponibilidad
- Pensión de Invalidez e Incapacidad
Para los deudos:
- Pensión de Sobrevivientes (viudez, orfandad y ascendencia)
5. Gestión de su derecho previsional
Decreto Ley N° 19846
- Los institutos de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú deben notificar formalmente a la CPMP con el acto administrativo que otorga el derecho previsional, para la correspondiente ejecución por parte de la CPMP, quien realiza la verificación de los montos y requisitos legales. (Art. 52º del Reglamento del Decreto Ley 21021).
6. Asignación de cuenta bancaria para el pago de su derecho previsional
Para asignar una cuenta bancaria para el pago de su derecho previsional, deberá remitir a la CPMP una solicitud adjuntando un voucher o documento emitido por la entidad bancaria, en donde indique su nombre completo, número de cuenta y código interbancario CCI. Deberá enviar su solicitud hasta el último día hábil de cada mes, a fin de gestionarla para la planilla del mes siguiente.
En caso de no enviar su solicitud, la CPMP aperturará a su nombre una cuenta en el Banco de la Nación, con la finalidad de asegurar su pago.
7. Fecha de pago
La Caja de Pensiones Militar Policial gestiona las acciones necesarias para efectuar el pago los días 18 de cada mes en el transcurso del día; si éste fuera sábado, domingo, feriado o no laborable, el pago se efectuará un día hábil anterior en el transcurso del día.
8. Ubicanos
Av. Jorge Basadre N° 950 - San Isidro - Lima, haga clic en mapa de ubicación
9. Horario
Nuestro horario de atención es de Lunes a Viernes de 9:00 a.m. - 5:00 p.m.
10. Atención Telefónica - Call Center para consultas sobre su derecho previsional
Central de atención en Lima: (01) 6346300
Para Provincia: 0800-00585
11. Página web:
Acceda al portal web, mediante el enlace: http://www.lacaja.com.pe
Puede ubicar
Intranet Pensionistas y Aportantes
- Comunicados Formatos
- Información de la Institución Legislación
- Otros servicios
Nuevos registros: Ingresar a la sección "Registrese".
12. Mesa de partes:
De manera digital, ingresar al enlace: https://mdigital.lacaja.com.pe/
De manera Presencial: En las intslaciones de la CPMP, Av. Jorge Basadre N° 950 - San Isidro - Lima
Todos los documentos y solicitudes deben ser ingresados a través de la mesa de partes, ya sea de forma digital o presencial. Recuerde que, por la seguridad de su información, es la única vía oficial para la atención de todos los trámites.
13. Días de tramitación :
- DÍAS DE TRAMITACIÓN - ADMINISTRATIVOS:
30 Días Hábiles
- DÍAS DE TRAMITACIÓN - RECLAMOS Y REQUERIMIENTOS
15 días hábiles (con opción a prórroga de 15 días adicionales)
14. Entrega de boletas :
Puede realizarse mediante:
- Dispensador en nuestras oficinas
- Atención Presencial
- Call Center
- Correo Electrónico
- Envío mensual de boletas a su correo electrónico
- Página web
15. Requisitos de cambio de entidad bancaria :
- Solicitud.
- Voucher o documento emitido por el banco, donde indique: Nombre completo, número de cuenta y CCI (código Interbancario).
Tener en cuenta:
Debe presentar una cuenta sueldo o de ahorros, en moneda nacional (soles).
En caso desee migrar sus haberes a una Caja Municipal de Ahorro y Crédito (CMAC), en el documento emitido por la CMAC debe constar adicionalmente que su empleador es la Caja de Pensiones Militar Policial, y debe ser una cuenta sueldo.
16. Actualización de datos de su cuenta bancaria en el Banco de la Nación:
Trámite que se presenta mediante una solicitud, donde usted requiere actualizar su cuenta bancaria que se encuentra a nombre de su institución y se actualice en calidad de pensionista de la CPMP.
17. Descuentos autorizados por pensionistas:
Los descuentos autorizados se aplican sobre su planilla de pago de pensión cuando la entidad crediticia que mantiene convenio con la CPMP, envía a nuestra institución su autorización de descuento firmada.
18. Pensión de Sobrevivencia (Viudez, Orfandad y Ascendencia):
En la página web de la CPMP www.lacaja.com.pe se encuentra publicado el formato de Declaración Jurada anual.
El artículo 42.d) del Decreto Ley N° 19846 y su reglamento, establecen que debe presentar periódicamente su Declaración Jurada con los requisitos para continuar percibiendo pensión. Podrá presentar una solicitud adjuntando su declaración jurada, a través de la mesa de partes de la CPMP, de preferencia, en el primer trimestre de cada año.
19. Percepción simultánea de remuneración y pensión:
A partir de la entrada en vigencia de la Ley Nº 31473, los pensionistas de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú podrán percibir simultáneamente del Estado pensión y remuneración, por labores efectuadas a partir del 15.05.2022.
20. ¿Que se requiere para que un tercero lo represente en sus trámites?
Para trámites y/o solicitudes de terceros, deberá adjuntar un poder de representación (carta poder, vigencia de poder u otros) en el cual se indique de manera expresa el trámite que desea realizar ante la Caja de Pensiones Militar Policial, el cual deberá tener menos de tres meses de haber sido emitido, a fin de verificar la vigencia del otorgamiento del poder.
Recuerde que la fecha de pago son los días 18 de cada mes en el transcurso del día; si éste fuera sábado, domingo, feriado o no laborable, el pago se efectuará un día hábil anterior en el transcurso del día.
Datos de contacto
Teléfono: Central de atención: para Lima (01) 634-6300 y para Provincia (0800-00585)
Dirección: Av. Jorge Basadre N° 950 - San Isidro - Lima