VII Edición – Marca de Certificación Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer

Preguntas frecuentes - VII Edición

Preguntas frecuentes

¿Tiene algún costo participar en el procedimiento para obtener la Licencia de Uso de la Marca de Certificación?

No, todo el procedimiento para ser acreedor de la Licencia de Uso de la Marca de Certificación es completamente gratuito.

¿El MIMP brinda asistencia técnica para presentar el expediente de postulación?

No. Con el objetivo de salvaguardar la imparcialidad y transparencia, no se brinda asesoría, acompañamiento o asistencia técnica para participar en el procedimiento para ser acreedor de la Licencia de Uso de la Marca de Certificación.

¿Quiénes pueden participar en el procedimiento para obtener la Licencia de Uso de la Marca de Certificación?

Pueden participar todas las personas jurídicas —públicas o privadas— a nivel nacional, siempre que desarrollen acciones para promover la igualdad y el derecho a una vida libre de violencia y discriminación, tanto dentro de sus organizaciones como en la comunidad.

Para participar, las personas jurídicas deberán revisar y cumplir con las Bases de la VII Edición, así como con los requisitos (Anexo N° 1 “Declaración Jurada”), criterios y subcriterios (Anexo N° 2 “Matriz de criterios, subcriterios, medios de verificación y puntaje”).

¿Cómo presento el expediente de postulación a la VII Edición de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”?

Para la presentación del expediente de postulación es necesario que las personas jurídicas, públicas o privadas, tengan en cuenta los siguientes puntos:

  • Revisar las Bases de la convocatoria.
  • Registrarse en línea (Ficha de inscripción digital): Iniciar el registro en línea completando la información correspondiente a la persona jurídica postulante. A través de la Consulta RUC, el sistema verificará automáticamente los datos de la persona jurídica.
  • Adjuntar la Declaración Jurada de cumplimiento de los requisitos para la postulación: Presentar la Declaración Jurada (Anexo N°1), que deberá ser completada y firmada por el/la representante legal de la persona jurídica, quien deberá incluir su huella digital. Una vez firmada, la Declaración Jurada deberá guardarse en formato PDF y adjuntarse en la Plataforma Digital de Postulación para culminar el registro en línea.
  • Presentación del expediente completo de postulación, incluyendo los medios de verificación: El expediente deberá contener los medios de verificación que respalden la veracidad de la información declarada y el cumplimiento de los cuatro (4) criterios y quince (15) subcriterios, conforme a la rúbrica de evaluación (Anexo N°2: Matriz de criterios, subcriterios, medios de verificación y puntaje).

¿Qué beneficios obtienen las personas jurídicas acreedoras de la Licencia de Uso de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”?

Los beneficios a los que accede la persona jurídica por obtener la Licencia de Uso de la Marca de Certificación son:

  • Participar, previa coordinación, en las actividades organizadas por el Titular de la Marca de Certificación.
  • Posicionarse como una organización líder en la prevención de la violencia de género, especialmente en la prevención de la violencia contra las mujeres y, la promoción de la igualdad, dentro de su organización y hacia la comunidad.
  • Construir una ventaja competitiva, que refuerce el vínculo con su público de interés y promueva su posicionamiento.

¿Qué antigüedad deben tener los medios de verificación para postular?

Los medios de verificación deberán presentarse debidamente visados por el/la representante legal de la persona jurídica y tener una antigüedad no menor de seis (6) meses previos al inicio de la convocatoria. Es importante considerar que, una vez presentado el expediente, no será posible incorporar documentación adicional.

¿Cuál es la vigencia de la Licencia de Uso de la Marca de Certificación?

La Licencia de Uso se otorga por un período de dos (2) años, contados a partir del día siguiente de la emisión de la Resolución Ministerial que la concede.

Al finalizar los dos (2) años, la persona jurídica interesada podrá participar en una nueva edición y obtener una nueva Licencia de Uso.