Solicitar la autorización de ejecución de estudios de aprovechamiento hídrico para obtención de Licencia de Uso de Agua Superficial o Subterránea
Podrás solicitar la autorización de la ejecución de estudios de aprovechamiento hídrico para obtención de licencia de uso de agua superficial o subterránea, con el objetivo de lograr un aprovechamiento eficiente del recurso agua, como la incorporación de nuevas áreas de cultivo.
Requisitos
- Imprimir y llenar el Formulario N° 001 de solicitud de trámite.
- Solicitud dirigida a la Autoridad Administrativa del Agua.
- Imprimir y llenar el Formato Anexo 03 del Reglamento.
Modalidad: Online
Antes de iniciar, debes saber:
Al ingresar, deberás dar clic en el botón "Siguiente" hasta la tercera pestaña, luego en "Tipo de trámite" elige la opción "TUPA" y selecciona "TUPA 011 - Autorización de ejecución de estudios de aprovechamiento hídrico para obtención de licencia de uso de agua superficial o subterránea". Tendrás que llenar tus datos y luego ir cargando los documentos requeridos.
Estará disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana; no obstante, la tramitación se realizará de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 4:30 p. m.
También puedes hacerlo presencialmente:
Modalidad: Presencial
Hazlo en 4 pasos:
1. Dirígete a la sede más cercana
En Lima, ve a la sede central de ANA, ubicada en Calle Diecisiete N° 355, Urb. El Palomar, San Isidro de lunes a viernes de 10:00 a. m. a 7:00 p. m. y espera tu turno para ser atendido.En otros departamentos, puedes acercarte a nuestras oficinas desconcentradas y de enlace de 08:00 a. m. a 05:00 p. m.
2. Identifícate
Lleva contigo tu documento de identidad (DNI) y muéstralo cuando te lo soliciten.
3. Presenta tu Solicitud
Presenta el formulario con tu solicitud y los documentos requeridos, dirigido al Responsable de Transparencia de la Autoridad Nacional del Agua, Autoridad Administrativa del Agua o a la Administración Local del Agua, según corresponda.
El trámite es gratuito.
4. Esperar el documento solicitado
La ANA cuenta con hasta 15 días hábiles para resolver la solicitud.La respuesta al ciudadano es enviada a su domicilio o al correo electrónico que autorice en cualquier etapa del procedimiento, de acuerdo a lo previsto en el artículo 20° del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.