Contraer matrimonio civil
Si eres mayor de edad y deseas casarte por matrimonio civil con tu pareja, debes solicitarlo a la municipalidad de tu localidad. Ten en cuenta que debes contar con 2 testigos.
El matrimonio civil es la unión voluntaria de 2 personas ante la ley con el fin de hacer vida común. Ambos cónyuges tienen iguales derechos, deberes, consideraciones, responsabilidades y autoridad en el hogar.
Requisitos
- Solicitud simple o Formato de solicitud (distribución gratuita o de libre reproducción), indicando la fecha y número de constancia de pago del derecho de trámite correspondiente
- Exhibición del Documento Nacional de Identidad de los contrayentes en la apertura del expediente matrimonial
- Partida de nacimiento legible de cada uno de los contrayentes, original y actualizada.
- Exhibición del Documento Nacional de Identidad de los testigos en la apertura del expediente matrimonial
- Declaración jurada de dos testigos de conocer a los contrayentes, según formato exigido por la Municipalidad.
- Certificado médico pre-nupcial y constancia de charlas de Consejería y resultados de serologicos para ambos contrayentes, con una antigüedad no mayor a 30 días, emitido por el Ministerio de Salud.
- Declaración jurada de los contrayentes de no tener impedimento para contraer matrimonio
- Declaración jurada de domicilio de cada contrayente
- Si uno de los contrayentes declara domicilio fuera del distrito, deberá tramitar y acreditar la exhibición del aviso matrimonial en la municipalidad correspondiente por (8) días. Acreditación que debe obrar en el expediente de matrimonio civil
- Publicación de Edicto en el periódico, 8 días antes de la celebración de la ceremonia de Matrimonio Civil
REQUISITOS ESPECIALES PARA CONTRAER MATRIMONIO CIVIL
Además de los requisitos antes señalados, de acuerdo a cada caso en particular, deberán adicionar los siguientes documentos:
PARA DIVORCIADOS(AS)
- Acta o Partida de matrimonio con la inscripción del divorcio, o anulación del matrimonio anterior.
- Exhibición del Documento Nacional de Identidad, con estado civil actualizado
- Declaración jurada si tiene o no hijos bajo su tenencia y de bienes bajo su administración.
- En el caso de la mujer divorciada, deberà haber transcurrido por lo menos 300 dias desde el divorcio, salvo presentación de Constancia médico negativo de embarazo de la contrayente, expedido por el Ministerio de Salud.
PARA VIUDOS(AS)
- Acta de defunción de cónyuge fallecido.
- Exhibición del Documento Nacional de Identidad, con estado civil actualizado.
- De la mujer viuda, deberán haber transcurrido por lo menos 300 días desde la muerte del cónyuge, salvo presentación de certificado médico negativo de embarazo expedido por el Ministerio de Salud.
- Declaración jurada si tiene o no hijos bajo su tenencia y de bienes bajo su administración.
PARA EXTRANJEROS(AS)
- Presentar original de carné de extranjería.
- Pasaporte Vigente en el que conste la identificación y fecha de último ingreso al país.
- Acta o Partida de nacimiento Visado por el Cónsul Peruano del lugar de origen y legalizado por el Ministerio de Relaciones exteriores en Perú, o; De acuerdo a los Paises miembros del Convenio de la Apostilla de la Haya, pueden presentar los documentos antes mencionados con el sello especial que se estampa sobre el documento para certificar la autenticidad de la firma del documento público (Apostillado),
- En ambos casos, de ser un documento en idioma extranjero, con su Traducción Certificada suscrita por traductor oficial en el Perú, de ser el caso.
- Certificado de soltería consular expedido por el Registro Civil o su equivalente, si el pais de origen pertenece al Convenio de La Haya será apostillada, caso contrario, visada por el cónsul peruano en dicho país de origen, certificado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y su traducción certificada suscrita por un traductor oficial en el Perú (de ser el caso).
- Los divorciados traer sentencia de divorcio y acta de matrimonio con la disolución, si el país de origen pertenece al convenio de La Haya ambos serán apostillados, caso contrario, visados por el cónsul peruano en dicho país de origen, certificado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y de ser el caso traducido oficialmente.
- Los viudos deberán traer el acta de matrimonio anterior y partida de defunción, ambos apostillados si el país de origen pertenece al convenio de La Haya, caso contrario, visada por el cónsul peruano en dicho país de origen, certificado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y de ser el caso traducido oficialmente.
NATURALIZADOS
- Certificado de naturalización apostillado si el país pertenece al convenio de La Haya, caso contrario, visado por el cónsul peruano en el país de origen, certificado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y de ser el caso traducido oficialmente.
PARA MATRIMONIOS POR PODER
- Si uno de los contrayentes se encuentra en el extranjero presentará Poder expedido por el Consulado Peruano del país de origen y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores e inscrito en los Registros Públicos.
- El matrimonio debe realizarse dentro de los seis (6) meses de otorgado el poder.
- Presentar Documento de Identidad del apoderado.
- Si el/la contrayente se encuentra en el extranjero, el examen médico a enviar deberá incluir la razón social del laboratorio que lo emite y los exámenes.
- Estos documentos deberán contar con el apostillado de la Haya (Sello especial) por el país de procedencia.
- los exámenes. Estos documentos deberán contar con el apostillado de la Haya (Sello especial) por el país de procedencia.
- En caso que no trajera el apostillado, el documento deberá ser visado por el Cónsul Peruano del lugar de origen y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Perú y su traducción certificada suscrita por traductor oficial en el Perú (de ser el caso).
- Declaración jurada de domicilio del apoderado.
PARA MATRIMONIO CON PARENTESCO ENTRE SI
- Dispensa judicial de parentesco de consanguinidad colateral de tercer grado
PARA MATRIMONIO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
- Certificado de Discapacidad, expedido conforme a Ley
PARA ADULTOS MAYORES
- Adultos mayores de 70 años, deben presentar examen Psiquiatrico que se debe realizar en establecimientos del Ministerio de Salud
Notas:
- Con posterioridad a la presentación del expediente, se deberá cumplir con la publicación del edicto matrimonial o gestionar la dispensa de publicación del mismo.
- Las ceremonias matrimoniales se realizarán en los siguientes horarios
* En el local municipal, de lunes a viernes de 08:00 am a 03:00 pm, y sábados de 9 am a 12 pm.
* Fuera del local municipal (dentro del distrito), de lunes a sábado de 08:00 am a 03:00 pm.
* Fuera del local municipal (fuera del distrito), de lunes a sábado de 08:00 am a 03:00 pm.
- Los matrimonios se programarán previa coordinación de fechas y horarios disponibles.
- El pago de la tasa por derecho a trámite de matrimonio civil, se efectuará una vez el personal encargado de la evaluación del expediente, brinde la conformidad del mismo.
- En virtud a lo dispuesto por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, la oficina de Matrimonios, podrá requerir documentos e información escrita adicional a los presentados, que se considere indispensable para su mejor comprensión, interpretación o calificación.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 5 pasos:
1. Dirígete a la municipalidad
Acércate a la Oficina de Trámite Documentario, Registro Civil y Archivo, ubicada en Av. Alfredo Mendiola 169, San Martín de Porres, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. y entrega los documentos indicados en requisitos, al menos 60 días hábiles antes de la boda, para consultas escribir al correo tramite.documentario@mdsmp.gob.pe
La municipalidad abrirá tu expediente matrimonial una vez presentado todos los requisitos y te entregará el edicto para que lo publiques. Luego, debes elegir el día, la hora y el lugar para realizar tu matrimonio.
2. Paga el trámite
Ve a la caja del municipio y paga en efectivo o con tarjeta bancaria por el derecho a trámite, según la siguiente escala:
- Matrimonio en la municipalidad: S/ 214.60 .
- Matrimonio Fuera del local de la municipalidad, dentro del distrito: S/ 276.40 .
- Matrimonio Fuera del local de la municipalidad, fuera del distrito: S/ 358.00 .
- Dispensa para publicacion de edicto Municipal: S/ 75.10 .
- Publicación de edicto matrimonial tramitado en otro distrito: S/ 35.10 .
- Reprogramacion de fecha y hora de ceremonia matrimonial: S/ 26.30 .
3. Publica el edicto matrimonial
Lleva el edicto matrimonial al periódico o emisora radial local de tu preferencia. Una vez publicado el texto, lleva una copia o un comprobante de difusión a la municipalidad para que lo coloque en un mural de sus oficinas durante 8 días habiles.
Si tu pareja tiene su domicilio en otro distrito, debe tramitar el edicto, previo pago, en la municipalidad que le corresponde. Esta publicará el documento y lo devolverá firmado y sellado para que sea anexado al expediente matrimonial.
Si después de los 8 días no hay oposición o noticia de algún impedimento, la municipalidad declarará tu capacidad y la de tu pareja para casarse, y podrán contraer matrimonio en la fecha que establecieron.
4. Asiste a la ceremonia
Acude al lugar el día y hora acordados, donde un funcionario dirigirá el matrimonio. Los contrayentes y los testigos deben llevar su DNI a la ceremonia.
5. Recoge tu acta de matrimonio
En un plazo máximo de 30 días hábiles después de la ceremonia, puedes solicitar el acta de matrimonio en el Reniec o acudir a la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres de lunes a viernes de 8:00 a. m. hasta las 5:00 p. m., para solicitar una copia certificada.