Canjear Libreta Electoral por DNI en el extranjero
Si eres ciudadano peruano residente en el extranjero y cuentas con Libreta Electoral de 8 dígitos, puedes cambiarla por un DNI en las oficinas consulares del país en donde te encuentres.
Ten en cuenta que, si cuentas con Libreta Electoral de 7 dígitos, debes realizar un trámite de inscripción para solicitar el DNI por primera vez.
Requisitos
- Una fotografía a color tamaño pasaporte (2 x 2 pulgadas), sin marco, de superficie lisa no porosa, no artística ni retocada, fondo blanco, de frente, a la altura del medio tórax, sin sombras ni manchas, rostro descubierto, sin lentes, sin sonreír, con expresión neutral, y sin prendas en la cabeza salvo prendas de naturaleza religiosa.
- Para registrar tu estado civil:
- Si deseas registrar tu estado civil como casado, debes presentar el acta de matrimonio peruana original o copia certificada.
- Si deseas añadir tu apellido de casada, debes presentar el acta de matrimonio peruana original o copia certificada.
- Si deseas registrar tu estado civil como divorciado, presenta el acta de matrimonio peruana original o copia certificada con la anotación de divorcio.
- Si deseas registrar tu estado civil como viudo, presenta el original del acta de matrimonio peruana y acta de defunción peruana de tu cónyuge o copia certificada de ambos documentos.
- En caso de que tu cónyuge haya fallecido en el extranjero, debes adjuntar el certificado de defunción apostillado o legalizado, según corresponda, junto con una copia simple del acta de matrimonio, que puede ser autenticada gratuitamente en la oficina consular para los efectos del trámite de DNI.
- Para registrar tu dirección en el Perú, debes presentar un recibo de servicios (luz, agua o teléfono) con una antigüedad no mayor a seis meses. En el caso de una dirección en el extranjero, basta una declaración jurada.
- Para registrar una discapacidad, el titular o persona que lo asiste debe completar una declaración jurada de asistencia y discapacidad. No es necesario presentar certificado médico.
- Si presentas un certificado médico extranjero, este debe estar apostillado o legalizado, según corresponda. De ser emitido en un idioma distinto al español, adjunta una traducción simple en la que conste el nombre completo, la firma, el número de documento de identidad y la huella digital del traductor.
Costo
7.00 Soles Consulares (*)
(*) Un Sol Consular aprox. equivale a un Dólar Americano.
Para equivalencias en moneda local, ver sección Tarifas Consulares