Acceder a beneficios tributarios en ciencia, tecnología e innovación (CTI)

Procedimiento para Centros de I+D+I

Son centros que tienen entre sus actividades principales la realización de labores de investigación científica, desarrollo tecnológico y/o innovación tecnológica (I+D+i).

Pueden ser instituciones públicas de nivel nacional (excepto empresas públicas), personas jurídicas, universidades y centros de investigación, fundaciones, otras organizaciones señaladas en el artículo 7° de la ley del Impuesto a la Renta.

Podrán solicitar su autorización como Centro de Investigación Científica, de Desarrollo Tecnológico e Innovación Tecnológica (o como una combinación de cualquiera de las tres) en las disciplinas de investigación establecidas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

La autorización tendrá una vigencia de 4 años y no podrá exceder el plazo de vigencia del beneficio establecido por la Ley 30309 y modificatorias.

El centro podrá desarrollar todos los proyectos de I+D+i calificados por Concytec, siempre que su autorización esté vigente y que el proyecto pertenezca a la disciplina para la cual están autorizados.

Requisitos

  • Contar con un usuario y contraseña del Directorio Nacional de Instituciones en Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (DANI).
  • Tener disponible el equipamiento, infraestructura, sistemas de información y bienes necesarios para el desarrollo de los proyectos en una o más disciplinas de investigación.
  • Contar con investigadores o especialistas con el conocimiento necesario para desarrollar proyectos de I+D+i en una o más disciplinas de investigación, quienes deben estar registrados en el CTI Vitae del Concytec.
  • Tener experiencia en el desarrollo de proyectos de I+D+i, de por lo menos 6 meses consecutivos anteriores a la fecha de presentación de su solicitud, o cuente con uno o más especialistas que hayan participado en el desarrollo de proyectos de I+D+i.

En el caso de Centros Especializados no domiciliados en el país, deberán cumplir con los requisitos anteriores y además:

  • Los investigadores acreditarán su condición como tales, mediante las publicaciones especializadas, las cuales deberán estar registradas en las bases de datos de revistas indexadas a nivel internacional.
  • Contar con un número de identificación tributaria, o el que haga sus veces, en su país de origen; adjuntado copia simple del documento.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Ingresa tu solicitud

Presenta tu solicitud a través de la Plataforma Virtual del Sistema de Beneficios Tributarios I+D+i/Solicitudes en línea, para presentar los proyectos de I+D+i. Se generará automáticamente una Declaración jurada.

2. Firma y presenta la Declaración jurada en Mesa de partes

Dentro de los 5 días hábiles siguientes de enviada tu solicitud, deberás presentar por Mesa de Partes del Concytec la Sección V del Formato Nº 1 (Declaración Jurada), firmada por el o los representantes legales de la entidad. Puedes hacerlo enviando la información al correo mesadepartes@concytec.gob.pe.

3. Espera una respuesta

Espera a que Concytec publique la lista de todos los centros autorizados.