Prestación por Sepelio - EsSalud
Requisitos para solicitar el subsidio por Sepelio
Es el monto en dinero que otorga EsSalud, al Beneficiario de la Prestación por sepelio.
Requisitos
- Formulario N° 1040, debidamente llenado y firmado.
- Documento de identidad del solicitante beneficiario
- Política de privacidad para el tratamiento de datos personales. La presentación es obligatoria en el primer trámite que se realice.
- Exhibir comprobantes de pago originales por los gastos funerarios donde indique el nombre del asegurado fallecido, emitidos a nombre del familiar o tercero que realiza el gasto.
- Si el gasto es asumido por un tercero, debe contar con la declaración jurada del familiar que reconoció el gasto hecho por el tercero.
Si un tercero presenta la solicitud, agrega:
- Original del documento de identidad (DNI).
- Carta poder simple de representación para trámite de la solicitud, suscrita por el beneficiario.
Si el fallecimiento ocurrió en el extranjero, agrega:
- Comprobantes de pago originales (traducidos de corresponder), con firmas legalizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores o con el sello de la Apostilla de la Haya.
Si el fallecimiento ocurrió por muerte súbita y/o violenta, agrega:
- Original y copia del parte policial o informe de la autoridad competente del certificado de necropsia.
Si el beneficiario ha fallecido:
- Partida de defunción original del beneficiario fallecido.
- Los herederos presentarán la partida de defunción original del beneficiario fallecido, y el documento que los acredite como tales (testamento o sucesión intestada). Así como el poder, por documento público o privado, con firma legalizada notarialmente, que otorgan a uno de los beneficiarios para que a nombre de los demás herederos solicite el subsidio devengado y no cobrado, utilizando las clases de poderes establecidas por el Reglamento de la Ley del Notariado y de la Función Notarial, según el importe del subsidio:
○ Hasta media UIT, presentar poder por carta con firma legalizada.
○ Más de media UIT y hasta 3 UIT, presentar con poder fuera de registro.
○ Más de 3 UIT, presentar poder por Escritura Pública.
¿Se otorga la prestación por SEPELIO si el asegurado titular fallece posterior a la fecha de término del vínculo laboral?
No se otorga, porque debe contar con vínculo laboral al momento de la contingencia u ocurrencia.
¿Se otorga la prestación por SEPELIO por la muerte de el/la cónyuge o concubina?
No, la prestación por Sepelio se otorga por la muerte de un asegurado regular TITULAR, que se encuentre
¿Si los gastos de sepelio asumidos por el beneficiario son mayores a S/. 2,070.00; se reconoce la diferencia?
No, el monto máximo a pagar de Gastos por Sepelio es de S/. 2,070.00.
¿Se otorga la prestación por SEPELIO al asegurado titular que tiene un mes de aportación?
No, porque debe contar con tres (03) meses consecutivos de aportaciones o cuatro (04) no consecutivos dentro de los seis (06) meses calendario anteriores al mes en que ocurrió su fallecimiento.
Modalidad: Online
Hazlo en 2 pasos:
1. Solicita tu prestación por sepelio
Acércate a las Oficinas de Seguros y Prestaciones Económicas, en el horario de atención, con los documentos solicitados y entrégalos en la ventanilla correspondiente.
2. Cobra la prestación por sepelio
De estar todo conforme, el representante de EsSalud te indicará que podrás acercarte a las entidades bancarias autorizadas en un plazo máximo de 72 horas presentando tu DNI.