Prestación por Sepelio - EsSalud

Requisitos para solicitar el subsidio por Sepelio

Es el monto en dinero que otorga EsSalud, al Beneficiario de la Prestación por sepelio.

Requisitos

  • Formulario N° 1040, debidamente llenado y firmado.
  • Documento de identidad del solicitante beneficiario
  • Política de privacidad para el tratamiento de datos personales. La presentación es obligatoria en el primer trámite que se realice.
  • Exhibir comprobantes de pago originales por los gastos funerarios donde indique el nombre del asegurado fallecido, emitidos a nombre del familiar o tercero que realiza el gasto.
  • Si el gasto es asumido por un tercero, debe contar con la declaración jurada del familiar que reconoció el gasto hecho por el tercero.

Si un tercero presenta la solicitud, agrega:

  • Original del documento de identidad (DNI).
  • Carta poder simple de representación para trámite de la solicitud, suscrita por el beneficiario.

Si el fallecimiento ocurrió en el extranjero, agrega:

Si el fallecimiento ocurrió por muerte súbita y/o violenta, agrega:

  • Original y copia del parte policial o informe de la autoridad competente del certificado de necropsia.

Si el beneficiario ha fallecido:

  • Partida de defunción original del beneficiario fallecido.
  • Los herederos presentarán la partida de defunción original del beneficiario fallecido, y el documento que los acredite como tales (testamento o sucesión intestada). Así como el poder, por documento público o privado, con firma legalizada notarialmente, que otorgan a uno de los beneficiarios para que a nombre de los demás herederos solicite el subsidio devengado y no cobrado, utilizando las clases de poderes establecidas por el Reglamento de la Ley del Notariado y de la Función Notarial, según el importe del subsidio:

○ Hasta media UIT, presentar poder por carta con firma legalizada.

○ Más de media UIT y hasta 3 UIT, presentar con poder fuera de registro.

○ Más de 3 UIT, presentar poder por Escritura Pública.

¿Se otorga la prestación por SEPELIO si el asegurado titular fallece posterior a la fecha de término del vínculo laboral?

No se otorga, porque debe contar con vínculo laboral al momento de la contingencia u ocurrencia.

¿Se otorga la prestación por SEPELIO por la muerte de el/la cónyuge o concubina?

No, la prestación por Sepelio se otorga por la muerte de un asegurado regular TITULAR, que se encuentre

¿Si los gastos de sepelio asumidos por el beneficiario son mayores a S/. 2,070.00; se reconoce la diferencia?

No, el monto máximo a pagar de Gastos por Sepelio es de S/. 2,070.00.

¿Se otorga la prestación por SEPELIO al asegurado titular que tiene un mes de aportación?

No, porque debe contar con tres (03) meses consecutivos de aportaciones o cuatro (04) no consecutivos dentro de los seis (06) meses calendario anteriores al mes en que ocurrió su fallecimiento.

Modalidad: Online

Hazlo en 2 pasos:

1. Solicita tu prestación por sepelio

Acércate a las Oficinas de Seguros y Prestaciones Económicas, en el horario de atención, con los documentos solicitados y entrégalos en la ventanilla correspondiente.

2. Cobra la prestación por sepelio

De estar todo conforme, el representante de EsSalud te indicará que podrás acercarte a las entidades bancarias autorizadas en un plazo máximo de 72 horas presentando tu DNI.