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Autorización y registro de modificación de la información de centros de conciliación y centros de formación
Base Legal:
ARTÍCULO 54º DEL REGLAMENTO DE LA LEY N.º 26872, APROBADO POR D.S. N.º 014-2008-JUS.
Requisitos
1 Solicitud (formulario)
2 Documentación que sustente la modificación solicitada
Modalidad: Presencial
Silencio Positivo - 3 DÍAS
Transcurrido el plazo, la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como aprobado.