Resolución de Acuerdo de Directorio N.° 019-2007-APN-DIR

Resolución de Acuerdo de Directorio N°019-2007-APN-DIR

11 de mayo de 2007

Exceptuar del uso del equipo de protección personal (epp) dispuesto en el artículo 1º de la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 001-2007-APN/DIR a los prácticos marítimos que ingresan a las áreas operativas de las instalaciones portuarias, específi camente al muelle donde abordará o desembarcará de la nave programada para la maniobra correspondiente, siempre y cuando lo hagan en vehículos autorizados para tal fi n (los mismos que deberán de dejarlos o recogerlos en el pie de la escala de la nave); caso contrario, deberán dar cumplimiento a lo establecido en la norma antes indicada.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Acuerdo de Directorio

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N°019-2007-APN-DIR

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