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Funciones de la Dirección General del Tesoro Público

Son funciones de la Dirección General del Tesoro Público las siguientes:

a) Aprobar los lineamientos y la normatividad de los Sistemas Nacionales de Endeudamiento Público y de Tesorería, articulados con la Administración Financiera del Sector Público;

b) Proponer las políticas y estrategias para la gestión integral de activos y pasivos financieros y la gestión de riesgos fiscales, alineadas con los principios de la Administración Financiera del Sector Público;

c) Establecer las condiciones para el diseño, desarrollo e implementación de mecanismos o instrumentos operativos orientados a optimizar la gestión de tesorería y de activos y pasivos financieros;

d) Absolver las consultas, asesorar y emitir opinión vinculante en materia de los Sistemas Nacionales a su cargo;

e) Actuar como único Agente Financiero del Estado, en las operaciones del Gobierno Nacional;

f) Elaborar y presentar los estados financieros e información complementaria de su competencia;

g) Registrar las obligaciones derivadas de las operaciones de endeudamiento del Sector Público, y elaborar las estadísticas de la deuda pública;

h) Elaborar y difundir información estadística sobre la ejecución de ingresos y egresos de los Fondos Públicos;

i) Regular las conciliaciones bancarias de los flujos financieros, sobre la base de la información contable y de flujo de caja;

j) Programar, negociar y gestionar la aprobación de las Operaciones de Endeudamiento y de Administración de Deuda del Gobierno Nacional;

k) Programar y autorizar el desembolso de las operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional;

l) Emitir títulos representativos de deuda del Estado;

m) Programar y atender el servicio de la deuda del Gobierno Nacional;

n) Participar en fideicomisos relacionados con las operaciones de endeudamiento, y de administración de deuda;

o) Informar sobre la exposición fiscal derivada de los compromisos firmes y contingentes que, de manera explícita, se estipulen en los informes y contratos referidos a la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas;

p) Otorgar o contratar garantías para atender requerimientos derivados del proceso de promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas así como registrar y atender su ejecución;

q) Gestionar la aprobación de Asunciones de Deudas por el Gobierno Nacional;

r) Negociar y gestionar la aprobación de los Financiamientos Contingentes para obtener recursos ante la eventual ocurrencia de un desastre de origen natural o tecnológico, o de una crisis de tipo económico y/o financiero;

s) Centralizar la disponibilidad de Fondos Públicos de las Unidades Ejecutoras del Presupuesto del Sector Público y las que hagan sus veces, así como de los pliegos presupuestarios de los Gobiernos Locales que los administran y registran, respetando sus competencias y responsabilidades;

t) Autorizar la apertura y cierre de cuentas bancarias en el Banco de la Nación o en cualquier entidad del Sistema Financiero Nacional, que requieran las Unidades Ejecutoras del Presupuesto del Sector Público y las que hagan sus veces, así como los pliegos presupuestarios de los Gobiernos Locales;

u) Establecer lineamientos para la inversión de los excedentes de liquidez del Sector Público No Financiero;

v) Implementar la ejecución de los planes de inversión de los excedentes de caja del Tesoro Público, en línea con la Estrategia de Gestión Global de Activos y Pasivos Financieros;

w) Implementar y ejecutar los procedimientos y operaciones propias del Sistema Nacional de Tesorería;x)Elaborar el flujo de caja para la  estructuración del financiamiento del Presupuesto del Sector Público, que contiene la proyección de los ingresos financieros esperados y egresos a ser ejecutados con cargo a los mismos, en un determinado período;

y) Ejecutar todo tipo de operaciones bancarias y de tesorería respecto de los Fondos Públicos que administra y registra;

z) Disponer la implementación de mecanismos o medios estándares de cobranza y  recaudación de ingresos, que comprende medios electrónicos y digitales, para su oportuna acreditación en la CUT y su adecuado registro;

aa) Disponer la implementación de mecanismos o medios estándares para la ejecución del pago de obligaciones que contraen las entidades del Sector Público, que comprende medios electrónicos y digitales, con cargo a la CUT, y su adecuado registro;

bb) Autorizar, a través del Sistema Integrado de Administración Financiera de los Recursos Públicos (SIAF-RP), las operaciones de pagaduría con cargo a los Fondos Públicos que administra y registra;

cc) Determinar y calificar la condición de los Fondos Públicos en el marco de la normatividad de la Administración Financiera del Sector Público;

dd) Informar de la disponibilidad de los Fondos Públicos para la elaboración y actualización de la Programación de Compromiso Anual;

ee) Proponer los lineamientos, metodologías, modelos y normativa complementaria, para efectos de la identificación, medición, mitigación y el monitoreo de los riesgos fiscales;

ff) Identificar, medir, mitigar y reportar los riesgos financieros de los pasivos financieros;

gg) Elaborar el reporte anual de riesgos fiscales así como los informes y reportes periódicos de su seguimiento;

hh) Realizar las gestiones relativas a la participación accionaria de la República del Perú en los organismos internacionales financieros, además de efectuar los pagos correspondientes por suscripción de acciones, aportes y contribuciones a dichos organismos;

ii) Programar, gestionar, negociar, aprobar, suscribir y registrar las cooperaciones internacionales no reembolsables, de carácter técnico o financiero, directamente ligadas a Operaciones de Endeudamiento del Gobierno Nacional, que se otorguen a favor del Estado;

jj) Establecer los plazos para la acreditación de ingresos en la CUT y el pago de las obligaciones legalmente contraídas por las entidades del Sector Público No Financiero;

kk) Actuar como Secretaría Técnica del Comité de Asuntos Fiscales;

ll) Actuar como Secretaría Técnica del Fondo de Estabilización Fiscal;

mm) Planear, organizar y conducir las actividades de difusión, capacitación y asistencia técnica sobre los Sistemas Nacionales a su cargo;

nn) Coordinar las actividades del CONECTAMEF relacionadas con las funciones de la Dirección General; y,

oo) Las demás funciones que le asigne el/la Viceministro/a de Hacienda o aquellas que le corresponda por norma expresa.