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Tramitar pensión por cesantía en el Ministerio de Relaciones Exteriores
La pensión por cesantía se otorga al asegurado que ha cumplido el período mínimo de cotización que prevé la ley.
Si completaste el período de aportes requeridos bajo el régimen del Decreto Ley N° 20530 en el Ministerio de Relaciones Exteriores, puedes tramitar gratuitamente tu pensión por cesantía.
Imakunatan hunt’anayki
- Solicitud dirigida al jefe de la Oficina General de Recursos Humanos, firmada por ti como solicitante o apoderado (se entrega en la mesa de partes del Ministerio de Relaciones Exteriores). Esta debe consignar una cuenta Interbank o un CCI de otro banco para recibir los depósitos.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 3 pasos:
1. Ve a la Cancillería
Dirígete, con el documento indicado en requisitos, de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 4:30 p. m. a la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicada en Jirón Lampa 535, Cercado de Lima, Lima.
2. Presenta los documentos
Ve a mesa de partes y entrega tus documentos. Si no descargaste el formato de solicitud, pídelo, llénalo y preséntalo en esa misma área.
3. Recibe tu resolución
Después de 30 días hábiles, recibirás la respuesta positiva al correo electrónico que indicaste. Los depósitos se realizarán un mes después de la confirmación en el número de cuenta referido en tu solicitud.
Al principio, recibirás el 90% de una probable pensión definitiva hasta que la ONP emita una cifra final.