Otorgar la constancia de cese en los casos señalados

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Otorgamiento de la constancia de cese en los casos de abandono de la empresa por sus titulares o imposibilidad de otorgamiento de la constancia de cese; negativa injustificada o demora del empleador mayor a 48 horas, para expedir la certificación que acredite el cese. Silencio Positivo - 12 días hábiles. Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como aprobado. Entidad a cargo: Oficina de Administración Documentaria, Archivo y Biblioteca. Base legal: S. Nº 001-97-TR, Arts. 45º y 46º del 01/03/1997.

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- Solicitud del trabajador.

Modalidad: Online

Teléfonos: 6306000 - 6306030 Correo: informes@trabajo.gob.pe

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Modalidad: Presencial

- Presentar solicitud dirigida a la Sub Dirección de Inspección del Trabajo, acompañada de requisitos establecidos en el TUPA. - La Dirección de Inspección del Trabajo evalúa la solicitud correspondiente a fin de dar cumplimiento a lo solicitado. - El servicio es gratuito.