Acreditación del pago de derecho de vigencia y/o penalidad sin utilizar el código único del derecho minero
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Este procedimiento tiene lugar cuando no se ha utilizado el código único del derecho minero para el pago del derecho de vigencia o penalidad, siendo éste presentado ante la autoridad minera, luego de ser transcurrido el plazo de 30 días de efectuado el pago.
Imakunatan hunt’anayki
El trámite es informativo.
Modalidad: Presencial
¿Cuánto cuesta realizar el trámite?
1.87 % del UIT