Obtener licencia de almacenamiento

Esta página también está Disponible en Español

Si eres una persona natural o jurídica y quieres brindar el servicio de almacenamiento en la zona portuaria, debes solicitar la autorización correspondiente ante la Autoridad Portuaria Nacional mediante el componente portuario de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).

Con este permiso podrás custodiar y conservar la carga de terceros que permanezca en los lugares de depósito autorizados dentro de la zona portuaria, hasta su entrega a los consignatarios o a quienes representan sus derechos.

Para el caso de almacenamiento de combustible líquido, estos servicios serán prestados mediante naves o artefactos navales diseñados y autorizados para tal fin.

Imakunatan hunt’anayki

Requisitos para personas jurídicas y naturales:

  • Solicitud electrónica vía VUCE.
  • Usuario Sol Secundario en el sistema SOL (Sunat Operaciones en Línea) a nombre del representante legal de tu empresa.
  • Copia simple de Licencia Municipal de Funcionamiento de la empresa otorgada por la Municipalidad de la localidad en que se prestará el servicio.
  • Copia simple de los siguientes documentos relacionados a las embarcaciones a emplear:
    • Copia del certificado de dotación mínima de seguridad (de corresponder).
    • Copia del certificado de matrícula vigente (indicar el número de naves).
    • Copia del certificado de seguridad vigente.
    • Información de las características técnicas de la(s) nave(s).
    • Acreditar posesión de la embarcación según corresponda (solo en el caso que la embarcación sea de propiedad de un tercero).
  • Por medidas de seguridad en la prestación del servicio se recomienda presentar copia simple de la póliza de seguro correspondiente:
    • Seguro de responsabilidad civil y contra terceras personas o seguro P&I.
    • Seguro de contaminación.

Toma en cuenta que las pólizas deben asegurar a la embarcación a emplear y establecer, como parte del rubro de la actividad, el almacenamiento en zonas portuarias.

Si eres Persona Jurídica, deberás incluir información de documentos registrales (no se requiere documentación en físico):

  • Número de partida electrónica.
  • Número de asiento, donde se registre objeto social (debe contemplar servicio de almacenamiento).
  • Número de asiento, donde se registre designación del representante legal.

El pago por derecho de tramitación tanto para personas naturales o jurídicas es de:

  • Fluvial: S/ 1,204.87
  • Marítimo: S/ 1,874.05

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Entra a la VUCE con el Usuario Sol Secundario e ingresa los datos solicitados en el formulario. Adjunta los requisitos solicitados por la plataforma y envía tu solicitud.

La plataforma generará un Comprobante de Pago Bancario (CPB) para que puedas realizar el pago en un plazo de 3 días hábiles desde la transmisión a través de la pasarela de pagos de Sunat o en cualquier banca privada.

La Solicitud Única de Comercio Exterior (SUCE) será atendida dentro de un plazo de 15 días hábiles y serás notificado en tu buzón electrónico. Si fuera necesario que realices una subsanación, te notificarán en el mismo buzón.

Ingresa a la VUCE

Si tienes dudas o algún incidente puedes comunicarte al correo vuceayuda@mincetur.gob.pe o a los teléfonos 01 2071510 y 01 7134646.