Puno: Qali Warma atenderá con alimentos a más de 38 mil personas en situación de vulnerabilidad
Nota de prensaAlimentos se entregarán a municipalidades en el marco de la Ley n.° 31728.

3 de octubre de 2023 - 3:55 p. m.
Más de 38 mil personas en situación de vulnerabilidad ubicadas en 26 distritos de diez provincias de Puno serán atendidas por Qali Warma en el marco de la ley N° 31728, informó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis).
Para la región de Puno se ha previsto la entrega de 1186.7 toneladas de alimentos para un total de 38 182 beneficiarios, distribuidos en las provincias de Azángaro, Lampa, Puno, Chucuito, El Collao, Yunguyo, Carabaya, Huancané, San Antonio de Putina, y Sandia, distritos de Achaya, Caminaca, Palca, Amantani, Atuncolla, Huata, San Antonio, Huacullani, Capazo, Conduriri, Anapia, Ayapata, Corani, Ituata Muñani, San Juan de Salinas, Santiago de Pupuja, Inchupalla, Pedro Vilca Apaza, Limbani, Phara, Sina, Alto Inambari, San Pedro de Putina Punco, Coasa y Usicayos.
La población vulnerable será atendida con canastas de alimentos compuesta por aceite vegetal, arroz fortificado, azúcar rubia, conserva de carne de res, conserva de pescado en aceite vegetal, fideos, frijol, haba partida, hojuelas de avena con maca, hojuelas de quinua y lenteja.
Rol de municipalidades
Qali Warma entregará los alimentos a las municipalidades, que previamente han sido responsables de la identificación y el registro de las personas en situación de vulnerabilidad económica y carencias de al menos una necesidad básica. Los beneficiarios deben ser distintos a los usuarios de ollas comunes en el marco del Decreto de Urgencia n.° 002-2023, a los usuarios que acceden al Programa de Complementación Alimentaria (PCA) exceptuando la modalidad Programa de Alimentación y Nutrición para el paciente con tuberculosis y familia (PANTBC). Tampoco podrán acceder los beneficiarios de la atención alimentaria complementaria dispuesta en el Decreto Legislativo n.° 1472.
Los gobiernos locales serán los responsables del almacenamiento y entrega de los alimentos a la población focalizada, por lo que deberán verificar que el beneficiario sea el mismo que el padrón publicado por el Midis.
Posteriormente, cada municipalidad deberá remitir a la Contraloría General de la República el informe final sobre la ejecución de la entrega extraordinaria de los alimentos a las personas en situación de vulnerabilidad económica y carencias de al menos una necesidad básica. Dicho informe deberá ser presentado en un plazo máximo de treinta (30) días calendarios, una vez culminada la entrega total, adjuntando los padrones y/o registros donde conste la entrega y recepción de los alimentos.