Resolución de Dirección Ejecutiva N.° D000676-2025-MIDIS/WM-DE
28 de octubre de 2025
APROBAR la solicitud presentada por la ex servidora LUCY MARGOT CHAFLOQUE AGAPITO, en su calidad de ex Jefa de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (ahora Programa Nacional de AlimentaciónEscolar Comunitaria Wasi Mikuna al haber cumplido con los requisitos de procedencia y admisibilidad previstos en la Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 284-2015-SERVIR-PE y normas modificatorias, concediéndose el beneficio de defensa y asesoría legal, en la primera instancia del procesojudicial en el presente proceso de Indemnización por daños y perjuicios, demanda interpuesta por la Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS, seguido en el 31 Juzgado Civil de Lima con el Expediente N° 01275-2025-0-18A5-JR-CI-31, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.3 del artículo 6 de la Directiva sobre “Reglas para el ejercicio del derecho de defensa y asesoría de los servidores y ex servidores civiles”,
modificada por Resolución N° 185- 2016- SERVIR-PE y Resolución de Presidencia Ejecutiva N°
103-2017-SERVIR-PE.
modificada por Resolución N° 185- 2016- SERVIR-PE y Resolución de Presidencia Ejecutiva N°
103-2017-SERVIR-PE.
