Ejecutivo aprueba decreto para regular régimen de propiedad horizontal en edificaciones con bienes y servicios comunes

Nota de prensa
● Dispositivo regula función de juntas de propietarios, reglamentos internos y crea registro de deudores de cuotas de mantenimiento en edificaciones.
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29 de mayo de 2023 - 9:45 a. m.

Cumpliendo con el compromiso de promover el desarrollo urbano ordenado, se publicó el Decreto Legislativo N° 1568 del Régimen de la Propiedad Horizontal, elaborado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y aprobado por el Consejo de Ministros, que busca regular y mejorar la gestión de las edificaciones que comparten bienes y servicios comunes, para fomentar la adecuada convivencia entre propietarios. 

El dispositivo legal, promulgado hoy en el diario oficial El Peruano representa una importante herramienta que deroga la Ley 27151 —promulgada en 1999— y permite atender las necesidades actuales en materia de propiedad exclusiva y propiedad común. 

Entre las medidas detalladas se encuentra la organización y determinación de funciones de las juntas de propietarios, las cuales deberán estar conformadas por todos los propietarios, y cuya naturaleza será de administrar, mantener y mejorar la edificación para garantizar la conservación de bienes y servicios comunes (vías de accesibilidad, fachada, ascensores, jardines, etc). 

En ese sentido, se regula el uso de los bienes y servicios comunes, señalando que todo propietario podrá emplearlos, sin restringírselos a los demás, y teniendo la obligación de aportar cuotas para su mantenimiento. Además, indica que, en caso de construir nuevos pisos en su inmueble, estos no deberán afectar la estructura de la edificación ni contravenir los parámetros urbanísticos y edificatorios. 

Asimismo, esta normativa establece la obligatoriedad de que cada edificio cuente con una Junta de Propietarios y un reglamento interno, donde se señalan los derechos y obligaciones de los propietarios que habitan. 

Cabe destacar que, este D.L. dispone la creación del Registro de Deudores de Cuotas de Mantenimiento de Bienes y Servicios Comunes, y el Registro de Administradores de Edificaciones, cuyos funcionamientos estarán a cargo del MVCS y se irán implementando a partir de 2024. 

A través del Registro de Deudores de Cuotas de Mantenimiento de Bienes y Servicios Comunes se le proporcionará acceso al reporte de dichos propietarios a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones para registrar su deuda en la Central de Riesgos de dicha Institución.

“Este tipo de situaciones (en referencia a los vecinos morosos) ha estado sujeto a críticas; con este decreto legislativo, los propietarios tendrán la tranquilidad de contar con seguridad jurídica”, indicó la ministra Pérez de Cuéllar, tras anunciar la aprobación de la normativa que, asegura, tendrá un notable impacto positivo en la convivencia diaria. 

Dato: 

Este decreto legislativo ha sido la primera norma del Ejecutivo en emitirse bajo el marco del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR), implementado para una toma decisiones más oportuna.