Resolución Ministerial N.° 269-2022-VIVIENDA
1 de octubre de 2022
Delegación de facultades en el/la Viceministro/a de Construcción y Saneamiento. Delégase en el/la Viceministro/a de Construcción y Saneamiento, en el ámbito de sus competencias, las facultades y/o atribuciones para evaluar, someter y/o acordar, según corresponda, vía el trato directo, las controversias que surjan entre la Entidad Pública y la empresa privada, sobre la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia o invalidez de los Convenios de Inversión, conforme a lo establecido por el artículo 128 del Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del Decreto Legislativo N° 1534, Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y dispone medidas para promover la inversión bajo el mecanismo de Obras por Impuestos, aprobado por el Decreto Supremo N° 210-2022-EF, o norma que lo sustituya.