Resolución Directoral N.° 071-2021-VIVIENDA-OGA

29 de marzo de 2021

|DECLARAR IMPROCEDENTE en todos sus extremos la solicitud deampliación de plazo N° 02 formulada por el CONSORCIO VIAL INGENIERIA conformado por las empresas Construcciones Alardi S.A.C., Diego Antonio Ugaz Medina; Julio Cesar Quiroz Yasta y Corporación Zapata Ingenieros S.A.C, al Contrato Nº 052-2020-VIVIENDAOGA-UE.001, “Elaboración de Expediente Técnico y Ejecución de Obra de Reconstrucción y Rehabilitación de Infraestructura Vial en los Tramos 1-364, 1-365, 1-369 y 1-372 delDistrito de Paita - Paita - Piura”, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución y los documentos que obran en el expediente.
Vista preliminar de documento RD 071-2021 - AMPLIACION DE PLAZO 02  - CONSORCIO VIAL INGENIERIA[R][R][R][R] (1)[R][R][R][R].pdf

RD 071-2021 - AMPLIACION DE PLAZO 02 - CONSORCIO VIAL INGENIERIA[R][R][R][R] (1)[R][R][R][R].pdf

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