Resolución Ministerial N.° 5-2011-Vivienda

12 de enero de 2011

Deróguese el literal g) del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 002-2011-VIVIENDA. Incorpórese el artículo 7 a la Resolución Ministerial Nº 002-2011-VIVIENDA, en los términos siguientes: Delegar en el Coordinador General de la Unidad de Gestión del Programa Nacional de Agua y Saneamiento Rural-PRONASAR, en el marco de la Enmienda al Convenio de Préstamo Nº 7142-PE y del Convenio de Préstamo Nº 7978-PE, siempre que sea el área usuaria, la suscripción de convenios marcos y específicos, contratos de ejecución de obra, consultorías, consultorías de obras, bienes y servicios, adquisición de materiales de construcción, adicionales y deductivos de obra, así como la aprobación de expedientes técnicos, resolución de contratos y documentos de liquidación de los referidos contratos.

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