Resolución Directoral N.° 296-2020-VIVIENDA/VMVU-PNVR
27 de octubre de 2020
| Rectificar el error material contenido en los considerandos 5 (Cuadro N° 01- Resumen de ampliaciones de plazo), 6 y 7, y artículo 1 de la parte resolutiva de la Resolución Directoral N° 257-2020-VIVIENDA/VMVU-PNVR de fecha 16 de octubre de 2020, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución Directoal, la misma que queda redactada conforme a lo siguiente: DEBE DECIR: (...) Que, durante la ejecuión del Proyecto, se han aprobado las siguientes ampliaciones de plazo: (cuadro adjunto) (...) "Que, respecto al considerando que antecede, mediante Informe N° 861-2020-VIVIENDA-VMVU/PNVR -UGT, el Responsable de la Unidad de Gestión Técnica con referencia a la carta descrita en el visto de la presente Resolución Directoral, señala que hace suyo el Informe N° 045-2020-CCC y aprueba la ampliación de plazo N° 03 del Proyecto, precisando que la ampliación de plazo es por 147 días calendario,.....". "Que, mediante Informe Legal N° 290-2020-VIVIENDA/VMVU/PNVR-AAL, el Responsable del Área de Asesoría Legal concluye que: i) la Unidad de Getsión Técnica y los profesionales adscritos a dicha unidad, son responsables del sustento técnico de la ejecución física y financiera del proyecto, y por ende del pedido de ampliaciones de plazo en los proyectos de mejoramiento de vivienda rural; ii) resulta viable la formalización de la aprobación de la solicitud de ampliación de plazo de ejecución de obra N°03, que formalice la aprobación de solicitud del Proyectos "Mejoramiento de Vivienda Rural en los Centros Poblados Zorronto, La Compuerta y otros - Distrito de Oyotún - Provincia de Chiclayo - Departamento de Lambayeque", por el plazo de 147 días calendario....;" de acuerdo a lo contenido en la presente Resolución Directoral.