Resolución N.° 003081-2022-R
23 de marzo de 2022
SE RESUELVE:
1º Autorizar al Vicerrectorado Académico de Pregrado y a los señores Decanos de las Facultades de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, a expedir la Constancia de Orden de Mérito de Primeros Puestos, Tercio, Quinto, Décimo, Medio Superior y la Constancia de Matrícula, sin costo, a los postulantes a la Beca Continuidad de Estudios-Convocatoria 2022, por ser requisitos obligatorios para la postulación a esta beca; de pertenecer al régimen semestral y haber realizado estudios en el año 2021, deben presentar constancia de haberse matriculado entre el segundo y el antepenúltimo ciclo académico en el semestre 2021-II (sino estudiaron o reservaron matrícula la constancia debe corresponder al ciclo 2020-II) o en el caso de pertenecer al régimen anual deben contar con matrícula entre el segundo año al penúltimo año en el periodo lectivo 2021 (2020 sino estudiaron o reservaron matrícula en el 2021).
2º Encargar al Vicerrectorado Académico de Pregrado, Facultades y dependencias respectivas de la universidad, el cumplimiento de la presente resolución rectoral.
1º Autorizar al Vicerrectorado Académico de Pregrado y a los señores Decanos de las Facultades de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, a expedir la Constancia de Orden de Mérito de Primeros Puestos, Tercio, Quinto, Décimo, Medio Superior y la Constancia de Matrícula, sin costo, a los postulantes a la Beca Continuidad de Estudios-Convocatoria 2022, por ser requisitos obligatorios para la postulación a esta beca; de pertenecer al régimen semestral y haber realizado estudios en el año 2021, deben presentar constancia de haberse matriculado entre el segundo y el antepenúltimo ciclo académico en el semestre 2021-II (sino estudiaron o reservaron matrícula la constancia debe corresponder al ciclo 2020-II) o en el caso de pertenecer al régimen anual deben contar con matrícula entre el segundo año al penúltimo año en el periodo lectivo 2021 (2020 sino estudiaron o reservaron matrícula en el 2021).
2º Encargar al Vicerrectorado Académico de Pregrado, Facultades y dependencias respectivas de la universidad, el cumplimiento de la presente resolución rectoral.