Resolución de Comisión Organizadora N.° 395-2024-UNDC
17 de octubre de 2024
MODIFICAR el artículo 45 del Reglamento Interno de Servidores Civiles de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 198-2023-UNDC/CO; quedando redactado en los siguientes términos: "Articulo 45°-Las licencias sin goce de remuneraciones. 45.1. Por capacitación no oficializada, cuando no sea financiada y/o autorizada por la Entidad y siempre que esté vinculada con las funciones institucionales y con las funciones del puesto del servidor. Será concedida hasta el periodo máximo de un (1) año, pudiendo ser renovable por un periodo adicional, por causa justificada. 45.2 Para acceder a un cargo de confianza en la misma u otra entidad. Para tal efecto, el servidor CAS de contrato a plazo indeterminado, deberá solicitar la suspensión y reserva de manera perfecta de su vinculo laboral primigenio, hasta que dure la designación del cargo de confiariza."