Resolución Rectoral N.° 1129-2025-UNHEVAL
RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1129-2025-UNHEVAL
3 de diciembre de 2025
1º.DAR CUMPLIMIENTO al mandato judicial en calidad de cosa juzgada derivado del Expediente 00762-2022-0-1201-JR-LA-02, seguido por VILMA APONTE SABRERA, contra la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, conforme a lo dispuesto por el 2° Juzgado de Trabajo – Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Huánuco mediante la Sentencia N° 798-2022, contenida en la Resolución N° 04, de fecha 26 de setiembre del 2022, confirmada con la Resolución N° 08, del 26.ENE.2023, y requerida con la Resolución N° 010, de fecha 29.NOV.2023; consecuentemente, APROBAR el pago total de S/ 1,864.62 (un mil ochocientos sesenta y cuatro y 62/100 soles), a favor de la administrada VILMA APONTE SABRERA, de los siguientes conceptos calculados por la Unidad Funcional de Remuneraciones de la UNHEVAL, mediante el Oficio N° 357-2023-UNHEVAL-UFREM, de fecha 21 de setiembre del 2023, como sigue; por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución:
1.Liquidación del reintegro de la bonificación personal, artículo 51 del Decreto Legislativo 276, y D.U. N° 105-2001, por el monto de S/ 537.84 y los intereses legales de S/ 163.77.
2.Liquidación del reintegro de la Bonificación Vacaciones, según el Decreto Supremo N° 028-89-PCM, por el monto de S/ 900.00 y los intereses legales de S/ 263.01.
