Resolución de Consejo Universitario N.° 1579-2025-UNHEVAL

RESOLUCIÓN CONSEJO UNIVERSITARIO N° 1579-2025-UNHEVAL

14 de mayo de 2025

DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de apelación de fecha 09 de abril de 2025, interpuesto por los estudiantes Kewing Rivera Camara, Jesús Alvarado Justiniano, Jose Eduardo Plejo Juipa, Luis Clismer Masgo Tolentino, Luis Arturo Hilario Caqui, Andrea Lucero Aguirre Cortez, Medardo Cano Milan, Juan Pablo Huarac Miraval y Josemaria Omar Lizana Quispe, contra la Resolución Consejo Universitario N° 1255-2025-UNHEVAL, del 04 de abril de 2025; ya que esta resolución agota la vía administrativa al ser emitida por el máximo órgano administrativo, conforme establece el artículo 115° del Estatuto de la UNHEVAL, aprobado con Resolución Asamblea Universitaria N° 0009-2024-UNHEVAL, que guarda relación con el artículo 152° del Reglamento General de la UNHEVAL, aprobado con Resolución Consejo Universitario N° 0469-2023-UNHEVAL; por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.DEJAR SIN EFECTO, en parte, la Resolución de Consejo de Facultad N° 070-2025-UNHEVAL-FICA-CF, del 08.ABR.2025, de la Facultad de Ingeniería Civil y Arquitectura, en el extremo del estudiante MEDARDO CANO MILAN, de la Carrera Profesional de Arquitectura, por encontrarse en el 5° año de estudios y en mérito a lo establecido en el numeral 5.14 del artículo 5 de la Ley 30220, Ley Universitaria; consecuentemente, AUTORIZAR, excepcionalmente y por única vez, su matrícula extemporánea e inscripción de los cursos, módulos o proyectos formativos, según corresponda, en el año académico 2025; por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.
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