Resolución de Comisión Organizadora N.° 359-2025-CO-UNDAR
PRORROGAR el Contrato Administrativo de Servicios, de la servidora ESTEPHANY GLORIA VARA AROSEMENA
30 de octubre de 2025
ARTICULO 1. PRORROGAR el Contrato Administrativo de Servicios, de la servidora ESTEPHANY GLORIA VARA AROSEMENA, hasta el 31 de diciembre de 2025; por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2. DISPONER que la Unidad de Recursos Humanos elabore el proyecto de Adenda al Contrato Administrativo de Servicios de la servidora GAS ESTEPHANY GLORIA VARA AROSEMENA, prorrogando la vigencia del contrato hasta 31 de diciembre de 2025; por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 3. ENCARGAR al Presidente de la Comisión Organizadora la suscripción de la respectiva Adenda al Contrato Administrativo de Servicio correspondiente a la servidora CAS ESTEPHANY GLORIA VARA AROSEMENA; por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 4. NOTIFICAR la presente Resolución a los miembros de la Comisión Organizadora, a la Dirección General de Administración, a la Unidad de Recursos Humanos, a la interesada y a los demás órganos y unidades competentes de la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles, para su conocimiento y fines.
ARTÍCULO 2. DISPONER que la Unidad de Recursos Humanos elabore el proyecto de Adenda al Contrato Administrativo de Servicios de la servidora GAS ESTEPHANY GLORIA VARA AROSEMENA, prorrogando la vigencia del contrato hasta 31 de diciembre de 2025; por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 3. ENCARGAR al Presidente de la Comisión Organizadora la suscripción de la respectiva Adenda al Contrato Administrativo de Servicio correspondiente a la servidora CAS ESTEPHANY GLORIA VARA AROSEMENA; por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 4. NOTIFICAR la presente Resolución a los miembros de la Comisión Organizadora, a la Dirección General de Administración, a la Unidad de Recursos Humanos, a la interesada y a los demás órganos y unidades competentes de la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles, para su conocimiento y fines.
