Resolución de Presidencia N.° 143-2025-CO-P-UNDAR
DECLARAR FUNDADO la solicitud de cambio de modalidad de trabajo de presencial a teletrabajo,
1 de setiembre de 2025
ARTÍCULO 1. DECLARAR FUNDADO la solicitud de cambio de modalidad de trabajo de presencial a teletrabajo, invocado por la servidora CAS GIULIANNA DENISSE VILLANUEVA MEDRANO, con la Carta Nº001-2025-GDVM, de fecha 14 de agosto de 2025; EN CONSECUENCIA, AUTORIZAR a la mencionada servidora el cambio de modalidad de trabajo de prestación de labores de presencial a teletrabajo, del 1 de setiembre al 31 de diciembre de 2025, en la jornada y el horario de trabajo establecido en la UNDAR; por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2. DISPONER a la Presidencia de la Comisión Organizadora y a la Unidad de Recursos Humanos, supervisen y evalúen el cumplimiento de las actividades y/o resultados del teletrabajo encomendado a la servidora CAS GIULIANNA DENISSE VILLANUEVA MEDRANO; por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 3. DISPONER que la Oficina de Tecnologías de la Información realice la capacitación correspondiente a la servidora CAS GIULIANNA DENISSE VILLANUEVA MEDRANO sobre el uso de medios digitales, para el correcto cumplimiento de las labores encomendadas.
ARTÍCULO 4. ESTABLECER respecto a los equipos informáticos y el servicio de acceso a internet, la servidora CAS GIULIANNA DENISSE VILLANUEVA MEDRANO, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 37.2 del artículo 37 del Reglamento de la Ley Nº 31572, Ley del Teletrabajo, conviene con la Entidad en que realizará la prestación de sus labores utilizando sus propios equipos personales y servicios de acceso a internet; asimismo, el teletrabajo se realizará dentro del territorio nacional, en el domicilio de la servidora en la ciudad de Huánuco; por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 5. NOTIFICAR la presente resolución a los miembros de la Comisión Organizadora, a la Dirección General de Administración, a la Unidad de Recursos Humanos, a la Mgtr. Giulianna Dennis Villanueva Medrano y a los demás órganos y unidades competentes de la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles, para su conocimiento y fines.
ARTÍCULO 2. DISPONER a la Presidencia de la Comisión Organizadora y a la Unidad de Recursos Humanos, supervisen y evalúen el cumplimiento de las actividades y/o resultados del teletrabajo encomendado a la servidora CAS GIULIANNA DENISSE VILLANUEVA MEDRANO; por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 3. DISPONER que la Oficina de Tecnologías de la Información realice la capacitación correspondiente a la servidora CAS GIULIANNA DENISSE VILLANUEVA MEDRANO sobre el uso de medios digitales, para el correcto cumplimiento de las labores encomendadas.
ARTÍCULO 4. ESTABLECER respecto a los equipos informáticos y el servicio de acceso a internet, la servidora CAS GIULIANNA DENISSE VILLANUEVA MEDRANO, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 37.2 del artículo 37 del Reglamento de la Ley Nº 31572, Ley del Teletrabajo, conviene con la Entidad en que realizará la prestación de sus labores utilizando sus propios equipos personales y servicios de acceso a internet; asimismo, el teletrabajo se realizará dentro del territorio nacional, en el domicilio de la servidora en la ciudad de Huánuco; por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 5. NOTIFICAR la presente resolución a los miembros de la Comisión Organizadora, a la Dirección General de Administración, a la Unidad de Recursos Humanos, a la Mgtr. Giulianna Dennis Villanueva Medrano y a los demás órganos y unidades competentes de la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles, para su conocimiento y fines.
