Resolución de Comisión Organizadora N.° 292-2025-CO-UNDAR
DAR POR CONLUIDA, al 22 de agosto de 2025, el CONTRATO POR SERVICIOS PERSONALES
22 de agosto de 2025
ARTÍCULO 1. DAR POR CONLUIDA, al 22 de agosto de 2025, el CONTRATO POR SERVICIOS PERSONALES, para la Prestación del Servicio de Educación Superior a los Estudiantes del Instituto Superior de Música Público Daniel Alomía Robles, del Lic. ALCIDES PEREZ AGUILAR, en la Plaza con Cód. Nº 000004, tiempo parcial, ampliado con la Resolución de Comisión Organizadora Nº 281-2025-CO-UNDAR, de fecha 7 de agosto de 2025; por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2. APROBAR el CONTRATO POR SERVICIOS PERSONALES, para la Prestación del Servicio de Educación Superior a los estudiantes del Instituto Superior de Música Público Daniel Alomía Robles, a partir del 25 de agosto hasta el 31 de diciembre de 2025.
ARTÍCULO 3. ENCARGAR a la Unidad de Recursos Humanos aperturar el legajo y elaborar los contratos de los docentes de acuerdo a lo aprobado precedentemente; asimismo, tener encuenta que los docentes no deben tener incompatibilidad de horario entre las instituciones educativas donde labora, así como no deberá tener impedimento para contratar con el Estado; por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 4. AUTORIZAR al Presidente de la Comisión Organizadora la suscripción de los contratos de los docentes de acuerdo a lo aprobado precedentemente; por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 5. NOTIFICAR la presente Resolución a los miembros de la Comisión Organizadora, a la Facultad de Educación Musical y Artes, al Departamento Académico de Educación Musical y Artes, a la Escuela Profesional de Educación Musical y Artes, a la Dirección General de Administración, a la Unidad de Recursos Humanos, a la Dirección de Servicios Académicos y a los demás órganos y unidades competentes de la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles, para su conocimiento y fines.
ARTÍCULO 2. APROBAR el CONTRATO POR SERVICIOS PERSONALES, para la Prestación del Servicio de Educación Superior a los estudiantes del Instituto Superior de Música Público Daniel Alomía Robles, a partir del 25 de agosto hasta el 31 de diciembre de 2025.
ARTÍCULO 3. ENCARGAR a la Unidad de Recursos Humanos aperturar el legajo y elaborar los contratos de los docentes de acuerdo a lo aprobado precedentemente; asimismo, tener encuenta que los docentes no deben tener incompatibilidad de horario entre las instituciones educativas donde labora, así como no deberá tener impedimento para contratar con el Estado; por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 4. AUTORIZAR al Presidente de la Comisión Organizadora la suscripción de los contratos de los docentes de acuerdo a lo aprobado precedentemente; por lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 5. NOTIFICAR la presente Resolución a los miembros de la Comisión Organizadora, a la Facultad de Educación Musical y Artes, al Departamento Académico de Educación Musical y Artes, a la Escuela Profesional de Educación Musical y Artes, a la Dirección General de Administración, a la Unidad de Recursos Humanos, a la Dirección de Servicios Académicos y a los demás órganos y unidades competentes de la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles, para su conocimiento y fines.
