Resolución N.° 518-2025-CU-UNAMAD

Resolución de Consejo Universitario N° 518-2025-CU-UNAMAD

12 de setiembre de 2025

SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: DECLARAR LA NO EXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD, toda vez que los hechos no tipifican una conducta amoral, al no evidenciarse transgresión ética por parte del Docente Luis Felipe Espellivar Monzón y Dra. María Teresa Velásquez Morales (esto en conformidad al Informe Final N° 013-2025-UNAMAD-THU). En consecuencia, ARCHÍVESE todo los actuados, en el modo y la forma de Ley, una vez consentida o ejecutoriada la presente resolución.
ARTÍCULO 2°: PRECISAR, que la presente resolución se emite en observancia de los principios establecidos en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, teniendo como sustento los informes técnicos y legales emitidos por los responsables de las oficinas orgánicas competentes. Dichos documentos, que forman parte del expediente administrativo, fueron elaborados bajo responsabilidad funcional de los servidores que los suscriben, los mismos que forman parte integrante del expediente administrativo correspondiente. En tal sentido, cada uno de los informes señalados ha sido elaborado bajo responsabilidad funcional de los profesionales autores, conforme a sus competencias y atribuciones establecidas en la normativa vigente, constituyendo sustento directo de lo resuelto en la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°: DISPONER, el cumplimiento de la presente Resolución a todas las dependencias de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios.

Esta norma pertenece al compendio Resolución de Consejo Universitario

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