Resolución N.° 533-2025-CU-UNAMAD
Resolución de Consejo Universitario N° 533-2025-CU-UNAMAD
16 de setiembre de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: DAR POR CONCLUIDO, con eficacia anticipada, al 05 de setiembre de 2025, la designación del Lic. Elvis Anatol Abarca Ccorimanya, como Director de Sistema Administrativo I de la Unidad de Psicopedagogía de la UNAMAD, agradeciéndole los servicios prestados a favor de la Institución. Asimismo, el citado profesional deberá realizar la entrega de cargo conforme a las normas vigentes sobre la materia.
ARTÍCULO 2°: DISPONER, que la Unidad de Recursos Humanos adopte las medidas pertinentes para dar cumplimiento a la presente resolución. Del mismo modo, se realice el control posterior respectivo a la documentación que presentan los profesionales descritos en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 3°: PRECISAR, que la presente resolución se emite en observancia de los principios establecidos en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, teniendo como sustento los informes técnicos y legales emitidos por los responsables de las oficinas orgánicas competentes. Dichos documentos, que forman parte del expediente administrativo, fueron elaborados bajo responsabilidad funcional de los servidores que los suscriben, los mismos que forman parte integrante del expediente administrativo correspondiente. En tal sentido, cada uno de los informes señalados ha sido elaborado bajo responsabilidad funcional de los profesionales autores, conforme a sus competencias y atribuciones establecidas en la normativa vigente, constituyendo sustento directo de lo resuelto en la presente Resolución.
ARTÍCULO 4°: DISPONER, el cumplimiento de la presente Resolución a todas las dependencias de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios.
ARTÍCULO 1°: DAR POR CONCLUIDO, con eficacia anticipada, al 05 de setiembre de 2025, la designación del Lic. Elvis Anatol Abarca Ccorimanya, como Director de Sistema Administrativo I de la Unidad de Psicopedagogía de la UNAMAD, agradeciéndole los servicios prestados a favor de la Institución. Asimismo, el citado profesional deberá realizar la entrega de cargo conforme a las normas vigentes sobre la materia.
ARTÍCULO 2°: DISPONER, que la Unidad de Recursos Humanos adopte las medidas pertinentes para dar cumplimiento a la presente resolución. Del mismo modo, se realice el control posterior respectivo a la documentación que presentan los profesionales descritos en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 3°: PRECISAR, que la presente resolución se emite en observancia de los principios establecidos en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, teniendo como sustento los informes técnicos y legales emitidos por los responsables de las oficinas orgánicas competentes. Dichos documentos, que forman parte del expediente administrativo, fueron elaborados bajo responsabilidad funcional de los servidores que los suscriben, los mismos que forman parte integrante del expediente administrativo correspondiente. En tal sentido, cada uno de los informes señalados ha sido elaborado bajo responsabilidad funcional de los profesionales autores, conforme a sus competencias y atribuciones establecidas en la normativa vigente, constituyendo sustento directo de lo resuelto en la presente Resolución.
ARTÍCULO 4°: DISPONER, el cumplimiento de la presente Resolución a todas las dependencias de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios.
Esta norma pertenece al compendio Resolución de Consejo Universitario