Resolución N.° 464-2025-CU-UNAMAD
RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 464-2025-CU-UNAMAD
3 de setiembre de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: RATIFICAR, en todos sus extremos, la Resolución de Decanatura N° 553-2025-UNAMAD-R-FCE-D, de fecha 28 de agosto de 2025, que resuelve: ARTÍCULO 1°: APROBAR, la solicitud de Anulación de Ingreso a la Carrera Profesional de Ecoturismo.
ARTÍCULO 2°: DISPONER, que la Dirección de Asuntos Académicos, realice las acciones administrativas correspondientes para la ejecución de lo dispuesto en la presente resolución.
ARTÍCULO 3°: PRECISAR, que la presente resolución se emite en observancia de los principios establecidos en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, teniendo como sustento los informes técnicos y legales emitidos por los responsables de las oficinas orgánicas competentes. Dichos documentos, que forman parte del expediente administrativo, fueron elaborados bajo responsabilidad funcional de los servidores que los suscriben, los mismos que forman parte integrante del expediente administrativo correspondiente. En tal sentido, cada uno de los informes señalados ha sido elaborado bajo responsabilidad funcional de los profesionales autores, conforme a sus competencias y atribuciones establecidas en la normativa vigente, constituyendo sustento directo de lo resuelto en la presente Resolución.
ARTÍCULO 1°: RATIFICAR, en todos sus extremos, la Resolución de Decanatura N° 553-2025-UNAMAD-R-FCE-D, de fecha 28 de agosto de 2025, que resuelve: ARTÍCULO 1°: APROBAR, la solicitud de Anulación de Ingreso a la Carrera Profesional de Ecoturismo.
ARTÍCULO 2°: DISPONER, que la Dirección de Asuntos Académicos, realice las acciones administrativas correspondientes para la ejecución de lo dispuesto en la presente resolución.
ARTÍCULO 3°: PRECISAR, que la presente resolución se emite en observancia de los principios establecidos en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, teniendo como sustento los informes técnicos y legales emitidos por los responsables de las oficinas orgánicas competentes. Dichos documentos, que forman parte del expediente administrativo, fueron elaborados bajo responsabilidad funcional de los servidores que los suscriben, los mismos que forman parte integrante del expediente administrativo correspondiente. En tal sentido, cada uno de los informes señalados ha sido elaborado bajo responsabilidad funcional de los profesionales autores, conforme a sus competencias y atribuciones establecidas en la normativa vigente, constituyendo sustento directo de lo resuelto en la presente Resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resolución de Consejo Universitario