Resolución Rectoral N.° 283-2022-UNAMAD-R
21 de julio de 2022
SE RESUELVE: ARTÍCULO 1°: DECLARAR, a la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios en emergencia sanitaria por aumento de contagio en el personal docente, no docente, y estudiantes, a raíz de la cuarta ola por la COVID-19.
ARTÍCULO 2°: SUSPENDER, a partir del 25 de julio del presente año, el dictado de clases presenciales en todos los ambientes de la UNAMAD, hasta que los índices de contagio por la cuarta ola de la COVID-19 disminuyan considerablemente y/o desaparezcan en su totalidad de la institución, debiendo la Unidad de Salud Ocupacional realizar los reportes respectivos a la autoridad.
ARTÍCULO 3°: DISPONER, que el personal docente realice trabajo remoto (CLASES VIRTUALES) desde el 25 de julio del presente año, en el marco de lo dispuesto en todo el numeral 5 de la “Directiva Administrativa N° 321-MINSA/DGIESP-2021, Directiva Administrativa que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al SARS-CoV-2”, aprobada con Resolución Ministerial N° 1275-2021/MINSA de fecha 01 de diciembre de 2021, y en cumplimiento del “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 para el retorno gradual a la presencialidad y/o semipresencialidad para el personal docente y alumnos de la UNAMAD”, versión 01, aprobada con Resolución de Consejo Universitario N° 196-2022-UNAMAD-CU, fecha 20 de abril de 2022.
ARTÍCULO 4°: DISPONER, que el Vicerrectorado Académico, en coordinación con los Decanos de las Facultades, Jefes de Departamento Académicos y Directores de las Escuelas Profesionales, den cumplimiento a lo aprobado en la presente resolución, bajo responsabilidad. Asimismo, realice el informe respectivo sobre cualquier circunstancia u actividad que no se encuentre autorizada y/o similares, a la autoridad inmediata según la dependencia a la cual se encuentra adscrita. Del mismo modo, los Jefes de Departamento Académico determinen o establezcan mecanismos para realizar el control de la asistencia remota de sus docentes, así como de su avance silábico y actualización del aula virtual conforme a los reglamentos vigentes.
ARTÍCULO 5°: DISPONER, que los trabajadores de las diferentes Dependencias Académicas y Administrativas de la UNAMAD, realicen trabajo semipresencial desde el 25 de julio del 2022, y hasta que los índices de contagio por la cuarta ola de la COVID-19 disminuyan considerablemente y/o desaparezcan en su totalidad de la institución. La Unidad de Recursos Humanos solicitará los informes respectivos a cada trabajador por la labor realizada en horario remoto, conforme al siguiente detalle:
| DIAS | HORARIO PRESENCIAL | HORARIO REMOTO
| Lunes a Viernes | 07:30 a 13:00 horas | 14:00 a 16:30 horas
| Lunes a Viernes | 07:30 a 13:00 horas | 14:00 a 16:30 horas
ARTÍCULO 6°: DISPONER, que la Dirección General de Administración en coordinación con la Unidad de Servicio de Salud, monitoree y de estricto cumplimiento a la Directiva Administrativa N° 321-MINSA/DGIESP-2021, Directiva Administrativa que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al SARS-CoV-2”, aprobada con Resolución Ministerial N° 1275-2021/MINSA de fecha 01 de diciembre de 2021; al “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 para el retorno gradual a la presencialidad y/o semipresencialidad para el personal docente y alumnos de la UNAMAD”, versión 01, aprobada con Resolución de Consejo Universitario N° 196-2022-UNAMAD-CU, de fecha 20 de abril de 2022; y al “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el trabajo-UNAMAD”, versión 4.0, aprobada con Resolución de Consejo Universitario N° 053-2022-UNAMAD-CU, de fecha 31 de enero de 2022.