Resolución Rectoral N.° 191-2024-UNAMAD-R
15 de octubre de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: CONFORMAR, el Grupo de Trabajo de Planeamiento Estratégico Institucional de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, la cual queda integrada de la siguiente manera:
| N° | GRUPO DE TRABAJO DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AMAZÓNICA DE MADRE DE DIOS
| 01 | Rector | Presidente
| 02 | Vicerrector Académico | Miembro
| 03 | Vicerrectora de Investigación | Miembro
| 04 | Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto | Miembro
| 05 | Jefe de la Unidad de Planeamiento Estratégico | Miembro
| 06 | Director de la Dirección General de Administración | Miembro
| 07 | Decano de la Facultad de Ingeniería | Miembro
| 08 | Decana de la Facultad de Ecoturismo | Miembro
| 09 | Decana de la Facultad de Educación | Miembro
| 10 | Director de la Escuela de Posgrado | Miembro
| 11 | Jefe de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales | Miembro
| 12 | Directores de las Escuelas Profesionales de las Facultades | Miembro
| 13 | Oficina de Gestión de Calidad | Miembro
| 14 | Director de la Dirección de Bienestar Universitario | Miembro
| 15 | Dirección de Asuntos Académicos | Miembro
| 16 | Jefe de la Oficina de Tecnología de la Información | Miembro
| 17 | Jefe de la Oficina de Gestión Ambiental, Gestión de Riesgo y adaptación al cambio climático | Miembro
| 18 | Representante del tercio estudiantil | Miembro
| 01 | Rector | Presidente
| 02 | Vicerrector Académico | Miembro
| 03 | Vicerrectora de Investigación | Miembro
| 04 | Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto | Miembro
| 05 | Jefe de la Unidad de Planeamiento Estratégico | Miembro
| 06 | Director de la Dirección General de Administración | Miembro
| 07 | Decano de la Facultad de Ingeniería | Miembro
| 08 | Decana de la Facultad de Ecoturismo | Miembro
| 09 | Decana de la Facultad de Educación | Miembro
| 10 | Director de la Escuela de Posgrado | Miembro
| 11 | Jefe de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales | Miembro
| 12 | Directores de las Escuelas Profesionales de las Facultades | Miembro
| 13 | Oficina de Gestión de Calidad | Miembro
| 14 | Director de la Dirección de Bienestar Universitario | Miembro
| 15 | Dirección de Asuntos Académicos | Miembro
| 16 | Jefe de la Oficina de Tecnología de la Información | Miembro
| 17 | Jefe de la Oficina de Gestión Ambiental, Gestión de Riesgo y adaptación al cambio climático | Miembro
| 18 | Representante del tercio estudiantil | Miembro
ARTÍCULO 2°: El Grupo de Trabajo de Planeamiento Estratégico Institucional de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, conformado en el artículo 1° de la presente resolución, tiene las siguientes funciones:
a) Determinar el Plan de trabajo para formular o actualizar el PEI y el POI.
b) Priorizar los Objetivos Estratégicos Institucionales - OEI, Acciones Estratégicas Institucionales - AEI y Actividades Operativas e Inversiones.
c) Validar el documento del PEI y POI.
ARTÍCULO 3°: APROBAR, la conformación del Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico de la UNAMAD, la cual quedará integrada de la siguiente manera:
| N° | EQUIPO TÉCNICO DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AMAZÓNICA DE MADRE DE DIOS
| 01 | Jefe de la Unidad de Planeamiento Estratégico | Presidente
| 02 | Director de la Dirección General de Administración | Miembro
| 03 | Jefe de la Unidad de Presupuesto | Miembro
| 04 | Jefe de la Unidad Ejecutora de Inversiones | Miembro
| 05 | Jefe de la Unidad Formuladora | Miembro
| 01 | Jefe de la Unidad de Planeamiento Estratégico | Presidente
| 02 | Director de la Dirección General de Administración | Miembro
| 03 | Jefe de la Unidad de Presupuesto | Miembro
| 04 | Jefe de la Unidad Ejecutora de Inversiones | Miembro
| 05 | Jefe de la Unidad Formuladora | Miembro
ARTÍCULO 4°: El Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, aprobado en el artículo 3° de la presente resolución, tiene la siguiente función:
a) Asistir al grupo de trabajo en la formulación o actualización del PEI y POI.
ARTÍCULO 5°: NOTIFICAR, la presente Resolución a los miembros de la comisión, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Dirección General de Administración y a las oficinas que corresponda para su conocimiento y acciones respectivas.